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La vigencia de la Constitución de 1978 y la unidad territorial

La vigencia de la Constitución de 1978 y la unidad territorial

martes 07 de enero de 2014, 09:30h
En diciembre del pasado año 2013 se ha conmemorado el 35 aniversario de la promulgación de la vigente Constitución de 1978, un periodo de estabilidad política, económica y social sin precedentes en la Historia de España. En este periodo el texto constitucional ha sufrido unas mínimas modificaciones, no tanto por exigencias internas, cuanto por acomodaciones derivadas de la pertenencia de España a la Unión Europea.

El éxito de tal estabilidad radica en que esta Constitución, a diferencia de las otras Constituciones habidas desde 1812, no es propia de ninguna ideología, sino el fruto de un amplísimo consenso, por virtud del cual, cada formación política, excluidas las de mayor radicalidad histórica, puede reconocer y desarrollar, a su amparo, lo esencial de sus propios principios programáticos.

Los ejes centrales de esta Constitución son tres: la configuración de España como un Estado social y democrático de Derecho, del que emanan como valores superiores de su ordenamiento jurídico la libertad, la justicia, la igualdad y el pluralismo político; el pueblo español como titular de la soberanía nacional y en el que reside la soberanía nacional, del que emanan todos los poderes del Estado, y la Monarquía parlamentaria como forma política del Estado, institución hereditaria en los sucesores de S.M. Don Juan Carlos I de Borbón, legítimo heredero de la dinastía histórica.

De estos tres ejes, la cuestión nacional es la que aparece, al cabo de esos treinta y cinco años, como menos consolidada. La democracia no ha resuelto lo que algunas formaciones nacionalistas denominan "el encaje de los hechos diferenciales en el Estado español". Antes al contrario, al finalizar este periodo de tiempo, ese encaje ha derivado claramente hacia propuestas indisimuladas de independencia de Cataluña y el País Vasco por parte de las fuerzas nacionalistas respectivas.

De nada ha servido a este respecto la fórmula recogida en el Titulo Preliminar de la Constitución de 1978: unidad indisoluble de la Nación española, patria común e indivisible de todos los españoles y reconocimiento y garantía del derecho a la autonomía de las nacionalidades y regiones que la integran y la solidaridad entre todas ellas.

Una modificación en esta configuración nacional entrañaría una reforma constitucional en los términos más exigentes requeridos al efecto: aprobación por una mayoría de, al menos, tres quintos de cada una de las Cámaras, Congreso y Senado, disolución inmediata de las Cortes, ratificación y aprobación del nuevo texto constitucional por mayoría de dos tercios de las nuevas Cámaras y sometimiento de la reforma a referéndum para aprobar la reforma. En otras palabras, una modificación de esta envergadura requiere, al menos, un consenso político análogo al que aprobó la Constitución y participación en su ratificación de todo el pueblo español.

A tenor de las declaraciones de los líderes políticos de las dos principales fuerzas políticas hechas a propósito de la propuesta nacionalista catalana de independencia, no parece probable que pueda prosperar el intento secesionista anunciado por la Generalitat de Cataluña, propuesta que sin duda pasará como un intento más de una cierta oligarquía catalana de buscar supuestos mayores beneficios que los que se derivan y le otorga la patria común española y que siempre se han revelado como quimeras nacidas de una idealización histórica que nunca tuvo lugar, muy alejados del verdadero sentimiento e interés general de la mayoría del pueblo de Cataluña.

Si el reconocimiento de su nacionalidad y derecho a la autonomía, que ha proporcionado a Cataluña el mayor ámbito competencial de la Historia, no ha servido a los partidos nacionalistas para asegurar su lealtad constitucional al texto de 1978, una hipotética reforma de la Constitución en el sentido federal tampoco sería la fórmula para conseguirla, amén de los interrogantes nacionales de futuro que traería consigo para el conjunto de España, a saber: cuáles serían los estados federados, su soberanía en el conjunto de la federación, que competencias se cederían al Estado federal, etc.

A lo más que se llegaría con los partidos nacionalistas sería una aceptación transitoria de la reforma, como un paso más en el camino hacia la plena independencia y ello a cambio de trocear, artificialmente, el resto del territorio español.

La fórmula esbozada, a estos efectos, por el Partido Socialista Obrero Español no parece conducir a ningún buen puerto y sí a una nueva tormenta constitucional, una más, de la que nada positivo saldría para el conjunto del pueblo español. Mejor seguir manteniendo, en sus términos, la Constitución de 1978 y que el pueblo español permanezca como titular de la soberanía nacional, en una España que siga siendo la patria común e indivisible de todos ellos.


[*] Arturo García-Tizón López es presidente de la Comisión Constitucional del Congreso de los Diputados
 
 
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