El Consejo de Ministros ha aprobado un Real Decreto sobre Revalorización de las Pensiones del Sistema de la Seguridad Social y de otras prestaciones sociales públicas para el ejercicio 2008. El pasado día 14 de diciembre se conoció la desviación de la inflación entre noviembre de 2006 y noviembre de 2007, que aumentó 2,1 por 100 sobre el 2 por 100 previsto y totalizó un 4,1 por 100.
El Real Decreto sobre Revalorización de las pensiones del Sistema de la Seguridad Social para 2008 establece la subida de las pensiones para el próximo año, con la garantía del mantenimiento del poder adquisitivo para todas las pensiones. Con carácter general, las pensiones subirán el próximo año un 4,1 por 100: un 2 por 100 de revalorización igual a la inflación prevista para 2008 y un 2,1 por 100 por consolidación de la desviación de la inflación en 2007.
Además, el Gobierno ha aprobado incrementos superiores para las pensiones mínimas que van desde el 5 por 100 al 6,5 por 100. Las pensiones mínimas con cónyuge a cargo subirán el próximo año un 6,5 por 100; las pensiones mínimas sin cónyuge a cargo, un 5 por 100; las pensiones no contributivas y las pensiones del SOVI (Seguro Obligatorio de Vejez e Invalidez, a extinguir) subirán un 3 por 100. Las pensiones no contributivas quedan fijadas en 4.598,16 euros anuales.
Las pensiones mínimas de viudedad se incrementan en un 5 por 100 en 2008, lo que representa una subida en los cuatro años de Legislatura del 28,37 por 100. Igualmente, la pensión mínima de las viudas con cargas familiares, con independencia de su edad, experimentará una subida para estas personas hasta alcanzar 615,66 euros/mes en 2008, con lo que se alcanza una subida total desde 2004 de un 60,47 por 100.
Paga de compensación
Además de su pensión revalorizada, todos los pensionistas recibirán a finales del mes de enero de 2008 una paga de compensación por la desviación que ha experimentado la inflación en 2007. El importe de esta paga para la pensión media de jubilación será de 195,41 euros.
El límite de la pensión máxima pública para el año 2008 asciende a 33.383,14 euros/año.
La pensión mínima de orfandad para menores de dieciocho años y con una discapacidad igual o superior al 65 por 100 será de 4.687,48 euros/año.
Aumento del salario mínimo
El Consejo de Ministros ha aprobado la cuantía del Salario Mínimo Interprofesional para el año 2008, que se ha fijado en 600 euros mensuales, lo que supone un incremento del 5,15 por 100 respecto a la establecida en 2007.
Con carácter general, el Salario Mínimo Interprofesional queda fijado en veinte euros al día, 600 al mes y 8.400 al año. Para los trabajadores eventuales y temporeros cuyos servicios a una misma empresa no excedan de ciento veinte días, el salario será de 28,42 euros por jornada. Por último, para los empleados de hogar la cuantía establecida es de 4,7 euros por hora trabajada.
Las cantidades que hoy se han aprobado permitirán que el Salario Mínimo Interprofesional gane poder adquisitivo durante el año 2008, dado que se incrementa por encima del previsible aumento del índice real de precios al consumo. Asimismo, se avanza en la reducción de las diferencias de su cuantía con el 60 por 100 del salario medio que existe en nuestro país y con el valor medio del Salario Mínimo Interprofesional de la Unión Europea.
La revisión del Salario Mínimo para el próximo año se enmarca en la estrategia de dignificación que ha desarrollado el Gobierno con los interlocutores sociales durante los cuatro últimos años, dando así pleno cumplimiento al compromiso electoral asumido en las elecciones de marzo de 2004 de elevar progresivamente la cuantía hasta alcanzar los 600 euros mensuales al final de la Legislatura.
En esta Legislatura los trabajadores que dependen o tienen como referencia el valor del salario mínimo han visto incrementado su importe en 139,5 euros, que supone un aumento del 30,3 por 100. Los incrementos sucesivos siempre se han situado por encima de la inflación real, logrando con ello recortar diferencias con el 60 por 100 del salario medio en el conjunto del Estado.
Los incrementos producidos desde el año 2004 han sido los siguientes:

En los años anteriores a la actual legislatura el Salario Mínimo Interprofesional se revisó en función de la previsión de inflación para el año siguiente. Las desviaciones producidas entre la inflación prevista y la real ocasionaron la acumulación de una importante pérdida del poder adquisitivo para el Salario Mínimo.
Por este motivo una de las prioridades del Gobierno fue desarrollar una estrategia que permitiera dignificar la cuantía del Salario Mínimo y recuperar el poder adquisitivo perdido en años anteriores.
Todo este proceso ha sido posible tomando en consideración la evolución reciente de la economía española, el mantenimiento de los objetivos de creación de empleo y el incremento de la productividad.
La sustancial elevación del Salario Mínimo Interprofesional no ha impedido la creación de tres millones de puestos de trabajo durante esta Legislatura, lo que constituye una cifra histórica en nuestro mercado de trabajo.