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Pagarán más de 115.000 euros a una lesionada en una atracción de feria

sábado 13 de septiembre de 2008, 12:00h
La indemnización de 78.100 euros que recibió una mujer por los daños y perjuicios sufridos al fracturarse dos vértebras en una atracción a causa de una imprudencia del encargado de seguridad, se verá incrementada con 37.787 euros por los intereses penalizadores desde la fecha del siniestro.
Así lo ha aprobado la titular del Juzgado de Instrucción número 1 de Madrid, Concepción Jerez García, en un auto dictado el 28 de agosto pasado, contra el que no cabe recurso, según los términos de la resolución condenatoria de la sentencia por un juicio de faltas contra la compañía Cisne Seguros al considerar que ésta había incurrido en mora.

El auto también aprueba que la aseguradora tendrá que pagar 8.410 euros al abogado de la mujer, Ignacio Serrano Butragueño, por sus honorarios. Los hechos se remontan al 2 de octubre de 2005 cuando Diana R.P., entonces con 26 años, se subió a la atracción conocida como 'Funny Ball' ('Bola divertida'), instalada en el Pabellón de Cristal del recito ferial de la Casa de Campo, dentro de la exposición Expotural.

La atracción consiste en una gran bola de PVC en cuyo interior hay otra, dentro de la que va el usuario, quien de esa guisa desciende por una colchoneta hasta parar en una moqueta bordeada por una red. Dicha atracción pertenecía a la empresa XTRM, SL, a quien había cedido el espacio para su instalación la entidad Eventos Logísticos Feriales, gestora de la exposición Expotural, que tenía concertada una póliza de responsabilidad civil con la compañía Axa Aurora Ibérica, SA, y el riesgo proveniente del uso de la atracción cubierto con la compañía Cisne Seguros.

Al llegar al final de la atracción Diana quedó en mala postura y sufrió la rotura de dos vértebras cervicales, por lo que estuvo 345 días de baja, de ellos 68 hospitalizada en el Servicio de Traumatología de La Paz. "Durante 33 días permanecí tumbada en la cama boca arriba, con la cabeza y el cuello inmovilizados, y con tracción sobre mi columna vertebral por medio de unas pesas de cinco y seis kilos desde ángulos diferentes; unidas a una semicircunferencia metálica llamada 'halo', clavada en mi cráneo con cuatro anclajes roscados, metálicos y puntiagudos", según la denuncia que presentó en el Juzgado de Guardia.

En sus fundamentos jurídicos, la sentencia señalaba que la mujer giró libremente dentro de la bola al ir "sin sujeción alguna" y ve relación de causalidad entre esta circunstancia y la lesión de la perjudicada, que era "previsible, prevenible y, desde luego, evitable".

Del infortunio de la víctima responsabiliza penalmente al jefe de seguridad de la atracción, pues reconoció en la vista que quitó los arneses de sujeción, siguiendo las indicaciones de la empresa fabricante del aparato y del manual de uso, "pero tal documento no elimina la negligencia de su comportamiento, puesto que al no ir sujeto el usuario dentro de la bola, podía terminar el descenso en mala postura y lesionarse".
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