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El Gobierno reformará la Ley de Enjuiciamiento Criminal

El Gobierno reformará la Ley de Enjuiciamiento Criminal

martes 29 de julio de 2008, 12:16h
Aunque aún no se está trabajando en ello, el Gobierno mantiene su compromiso de, a lo largo de esta legislatura, reformar la Ley de Enjuiciamiento Criminal y cuantas leyes haga falta para que el Comité de Derechos Humanos de la ONU no pueda volver a tirar de las orejas a España.

    Esta reforma viene a colación del último dictamen del Tribunal de Derechos Humanos de Naciones Unidas, según el cual el Ministerio del Interior deberá readmitir a los ex policías Luis Hens y Juan Ramón Corujo (condenados por el secuestro, en diciembre de 1983, del ciudadano francés Segundo Marey) y a pagarles, como compensación, todos los atrasos desde hace once años.

    Desde que España firmara el Pacto internacional de derechos civiles y políticos, la aplicación del artículo 14.5 del mismo ha dado lugar a reiteradísimos dictámenes del Comité de Derechos Humanos de la ONU, que ha declarado el incumplimiento por España de ese precepto porque no se ha incluido en nuestro enjuiciamiento criminal la doble instancia.

    Ése es el problema del aforamiento: que si bien se trata de brindar garantías al procesado, por otro lado pierde un derecho fundamental, como es el de la posibilidad de recurrir a una instancia superior y tener un nuevo juicio.
   
    Por ello, es intención del Gobierno retomar el proceso de reflexión y estudio que culmine con la aprobación durante la presente legislatura de un texto procesal penal absolutamente nuevo. En dicho texto se regulará un nuevo sistema de enjuiciamiento criminal moderno, ágil, eficaz y acorde con los tiempos, que recoja todo lo que ha sido ese desgranar de interpretación de derechos del Tribunal Supremo y del Constitucional, pero que supere además las deficiencias, lagunas y defectos a los que por motivos obvios de la centenaria Ley de Enjuiciamiento Criminal.

    Es uno de los puntos que el Gobierno quiere pactar –obligado te veas- con el Partido Popular.

    En el caso de Hens y Corujo, el fallo de Naciones Unidas contradice la interpretación que sobre el mismo caso realizó el Tribunal de Derechos Humanos de Estrasburgo, que desestimó las demandas de varios de los condenados del ‘caso Marey’ por no haber gozado de la revisión de sentencia por parte de un tribunal superior. La corte de Estrasburgo dio en ese momento por bueno el argumento de que el amparo ante el Tribunal Constitucional, al cual también habían acudido, suponía de hecho una revisión de la condena dictada por el Tribunal Supremo.


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