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Los hechos sucedieron en 2005 en San Lorenzo de El Escorial

El Tribunal ordena el ingreso psiquiátrico para un hombre que disparó y quemó a su vecina

martes 29 de mayo de 2007, 16:54h
La Audiencia Provincial de Madrid absolvió este martes, por concurrir la eximente completa de anomalía psíquica, a un hombre que disparó, roció con gasolina y quemó a una vecina en El Escorial causándole la muerte, y ordenó su internamiento en un centro psiquiátrico penitenciario por un máximo de 26 años.
En la sentencia, dictada por la sección décimo quinta de la Audiencia madrileña, se considera probado que el 22 de abril de 2005 César Fernando R.A. se encontraba en el jardín de la parcela en la que residía, en San Lorenzo de El Escorial, cuando al apercibirse de la llegada de su vecina Marlene Margarita de B.G. fue en busca de su escopeta de caza, la cargó y disparó a la mujer.

"A continuación, y una vez que Marlene cayó al suelo a consecuencia del disparo recibido, el acusado fue en busca de un bidón de gasolina que tenía en el jardín, y que también había adquirido aquella misma mañana, con el que roció el cuerpo de su vecina, a sabiendas de que estaba consciente, e inmediatamente después le prendió fuego", añade la resolución.

El tribunal agrega que "dicha operación de rociado de gasolina la repitió una vez más lo que dio lugar a que se reavivara el fuego" y señala que "las terribles quemaduras que sufrió Marlene le produjeron un shock traumático que determinó su fallecimiento". El disparo contra Marlene fue escuchado por una sobrina de ésta, de 15 años, que intentó socorrer a su tía, momento en el que el acusado volvió a coger su escopeta y disparó a la joven.

Ésta sufrió gravísimas lesiones que tardaron en curar 904 días, que precisaron de numerosas actuaciones médicas e intervenciones quirúrgicas y que le hicieron perder un curso escolar. La Audiencia de Madrid dice que Cesar Fernando "padecía en el momento de los hechos y sigue padeciendo en la actualidad" un trastorno esquizotípico de personalidad y un trastorno de ideas delirantes de tipo persecutorio que le causó "un firme convencimiento de estar siendo acosado y perjudicado seriamente tanto por distintas personas del pueblo, como por la víctima".

"Esta circunstancia, irrebatible a las argumentaciones lógicas, condicionó totalmente la conducta del acusado hasta anular su capacidad de juicio y su voluntad en el momento de la comisión de los hechos", dice la sentencia, que añade que "los trastornos mencionados son crónicos, aunque mediante el oportuno tratamiento podrían estabilizarse". Por ello, la Audiencia absuelve al acusado de los delitos de asesinato agravado y de lesiones por concurrir la eximente completa de anomalía psíquica, aunque le condena a indemnizar a sus víctimas con distintas cantidades y ordena su internamiento "en un centro psiquiátrico penitenciario por el plazo máximo de veintiséis años, del que no podrá salir sin la previa autorización de este tribunal".
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