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Carles Puigdemont y Toni Comín de Junts
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Carles Puigdemont y Toni Comín de Junts (Foto: Junts)

El abogado de la UE considera que el Europarlamento debió dar el escaño a Puigdemont en 2019

> La decisión no es vinculante, pero el Tribunal suele seguir sus recomendaciones

Por Eva Cifuentes (Diariocrítico.com)
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ecifuentesdiariocriticocom/10/10/24
jueves 11 de abril de 2024, 11:58h

En 2019 la Eurocámara, presidida por el 'popular' Antonio Tajani, denegó el escaño a Carles Puigdemont y Toni Comín tras las elecciones europeas.

Una decisión que a juicio del abogado general de la Unión Europea, Maciej Szpunar, fue errónea.

En aquel entonces, Tajani achacó su decisión a que la Junta Electoral Española no incluyó los 2 nombres en la lista definitiva de diputados al no haber completado todos los trámites, pues debían jurar la Constitución y no lo hicieron.

Ante esta negativa, ambos, que en la actualidad son eurodiputados, llevaron el asunto ante la Justicia Europea.

Meses después acabaron obteniendo su acta de eurodiputado después de que el Alto Tribunal estipuló que no hacía ningún trámite adicional más allá de los votos. Esta decisión fue motivada por el Caso Junqueras, que desde la cárcel pudo obtener su condición de Eurodiputado, pero tras la resolución la Eurocámara (ya con nuevo presidente, David Sassoli) entendió que los otros 2 diputados también debían acceder a su escaño por los mismos motivos.

Pero el tema siguió en los tribunales europeos.

La decisión no es vinculante

Ahora, Szpunar considera que los catalanes tenían razón y la Eurocámara debería de haberles concedido el escaño.

Por ello ha propuesto que el Tribunal de Justicia anule la sentencia en lo referente a la negativa a reconocer la condición de miembros del Parlamento Europeo y que anule asimismo dicha negativa.

Ha señalado que "ningún precepto de este Derecho autoriza a un Estado miembro a suspender las prerrogativas de los miembros del Parlamento Europeo", en referencia a los trámites de la Junta Electoral española.

La decisión de Szpunar no es vinculante y es el Tribunal de Justicia de la UE (TJUE) quien deberá pronunciarse al respecto en unos meses.

El criterio del abogado general suele respetarse, pero no es una regla directa.

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