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Una piscina
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Una piscina (Foto: Unsplash)

La sentencia judicial de la que todos hablan: no se puede obligar al nudismo en la piscina de la urbanización

viernes 17 de febrero de 2023, 09:25h

Ha sido sin duda la sentencia judicial más comentada en ámbitos familiares y de amigos en las últimas semanas: la dictada contra una comunidad de vecinos que obligaba a todos a practicar el nudismo si querían acudir a la piscina comunal de una urbanización.

La Sala Primera del Tribunal Supremo ha dado la razón a los recursos que interpusieron algunos de los propietarios de los apartamentos de uso vacacional ubicados en una urbanización en la que la comunidad de propietarios había declarado como indispensable la práctica nudista para poder acceder a las instalaciones comunes de la finca (tales como la piscina, los jardines...).

El Juzgado y la Audiencia Provincial habían desestimado la demanda de los propietarios después de considerar probado que existían unos estatutos aprobados por unanimidad que exigían el nudismo para disfrutar de los referidos elementos comunes.

Sin embargo, la Sala Primera del Supremo considera que existe un error patente en la valoración de las pruebas que sustentaban esa conclusión, ya que la simple lectura de las actas de la comunidad demuestra con evidencia que dichos estatutos no fueron aprobados y en las sentencias dictadas en otros procedimientos anteriores no abordaron esa cuestión.

Largo conflicto vecinal

Este incidente vecinal tuvo lugar en la localidad de Vera, en Almería, donde esta urbanización quería imponer que sólo se puede utilizar la piscina comunal si se acudía desnudo a la misma. Casi el mundo al revés.

La comunidad había pagado incluso a un vigilante, que impedía dicho acceso si se iba con bañador. Este conflicto ha durado varios años y ha tenido que ser el Tribunal Supremo el que ponga final a una discusión más propia de una serie de humor.

Como es lógico, el Supremo reconocía que la práctica nudista es "perfectamente respetable y legítima", pero que no puede imponerse a todas las personas.

Ahora, incluso pide indemnizar con 1.000 euros a los vecinos a los que no permitió acceder a la piscina por ir vestidos y no pudieron disfrutar de unas instalaciones por las que pagaban. Esto dice la sentencia: "La sentencia declara la vulneración de los derechos fundamentales reseñados y fija una indemnización por daños morales de 1.000 euros para cada uno de los demandantes".

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