Dicha providencia fue publicada por el Ministerio del Poder Popular para las Telecomunicaciones y la Informática (MTI), en la Gaceta Oficial número 39.175, de fecha lunes 11 de mayo de 2009.
Dicha inspección también tiene por tareas: requerir de los usuarios y operadores de servicios las informaciones que consideren convenientes, dentro de las materias que le competen a la comisión, por lo que quedan facultados para otorgar el plazo de entrega de ésta, de ser necesario.
Asimismo, requerir a los inspeccionados el acceso a las instalaciones, equipos o documentación, vinculados con la actividad de telecomunicaciones y solicitar el auxilio de cualquier fuerza pública cuando hubiere impedimento en el desempeño de sus funciones y si ello fuere necesario para el ejercicio de las facultades de inspección.
Igualmente, levantar un acta en la cual conste la identificación de los funcionarios actuantes y de todas las personas presentes o involucradas con la actividad de inspección, así como la constancia de la información recabada, de la que se realizarán dos ejemplares, y uno de ellos se entregará a la administración, con la debida firma de los funcionarios actuantes.