Alcaldes y gobernadores podrán optar a la reelección
viernes 19 de junio de 2009, 15:58h
Se eliminó el artículo que impedía a alcaldes, diputados, gobernadores y concejales aspirar al Congreso en 2010.
Así mismo, la inhabilidad quedó en firme pero se hará una excepción para el año siguiente, lo cual permite que los servidores públicos y funcionarios actuales puedan competir con los congresistas si renuncian a sus cargos seis meses antes de su incripción como candidatos.
Se eliminó un inciso que buscaba garantizar la inclusión, en las listas de los partidos políticos a corporaciones de elección popular, de por lo menos un treinta por ciento de mujeres, lo cual causó gran escozor entre varias parlamentarias.Una de ellas es la senadora Elsa Gladys Cifuentes quien protestó ante la plenaria por la actitud machista de sus colegas hombres: "Aquí hubo un silencio cómplice conectado por un hilo machista que se puso de acuerdo para desconocer la importancia de abrirle nuevas oportunidades a las mujeres", protestó Cifuentes.
Cuando ya se creía muerto y enterrado, la conciliación revivió un artículo poco relacionado con la reforma política según el cual el Gobierno tendría que crear un régimen económico, político y administrativo especial para ecorregiones como la Sierra Nevada de Santa Marta, la Cienaga de Zapatosa, la Serranía del Perijá, los Llanos Orientales, la Amazonía, la Región del Catatumbo, el Chocó y la Orinoquía, entre otros. Esta iniciativa la impulsó el vicepresidente de la Cámara Odín Sánchez del partido de 'la U'.
Lo que se mantiene
Se caen sanciones al transfuguismo y a la doble militancia. De esta forma, los diputados, concejales o congresistas de un partido podrán apoyar a los aspirantes de otras colectividades y los miembros de corporaciones de elección popular podrán cambiar de partido.
También se conserva la condición, para que quienes estando en un partido y quieran lanzarse a un cargo de elección popular por otra colectividad, deban que retirarse por lo menos doce meses antes del primer día de inscripciones.
A responder por delitos electorales y de lesa humanidad
En el último debate se decidió que los partidos políticos, además de responder por las actuaciones de sus miembros cuando sean investigados o condenados por delitos relacionados con la vinculación a grupos armados ilegales y actividades del narcotráfico, también serán sancionados cuando avalen candidatos condenados por delitos contra los mecanismos de participación democrática como el trasteo y compra de votos, y por delitos de lesa humanidad como matanzas o persecución a grupos políticos y étnicos.
Silla vacía, con vigencia para hechos anteriores
La figura de la silla vacía, bajo la cual los partidos políticos pierden sus curules, será aplicada cuando a sus miembros se les dicte medida de aseguramiento o condena por delitos relacionados con pertenencia, promoción o financiación de grupos armados ilegales, narcotráfico o delitos de lesa humanidad. Esta figura entra en vigencia inmediatamente y aplica también para nuevas decisiones judiciales emitida a partir de hechos cometidos en el pasado.
Ni suplencias ni faltas temporales
La reforma prohíbe que haya suplencias y faltas temporales. Esta última modalidad es la que le ha permitido a un sinnúmero de parlamentarios volver y ejercer temporalmente la curul para pensionarse con sueldo de congresista. En todo caso, la reforma les permite a los partidos nombrar reemplazos cuando el congresista de un partido muera, cuando incurra en incapacidad absoluta, por declaración de nulidad de la elección, renuncia aceptada o por pérdida de investidura.
Aumento del umbral, pero en el 2014
El artículo 2 de la reforma contempla elevar al 3 por ciento el umbral que permitirá reconocerles personería jurídica a los partidos, movimientos políticos y grupos significativos de ciudadanos con el fin de reducir el número de colectividades que hoy en día compiten por cargos de representación popular. La reforma, sin embargo, incluye un parágrafo transitorio que deja en el 2 por ciento el umbral para las elecciones de 2010.