La sentencia, notificada este jueves alude a otra resolución del alto tribunal de marzo de este año que entraba a analizar el citado sistema de escuchas y que concluye que de nueéste permite reducir considerablemente el espacio de almacenamiento de la información grabada, "facilitando su entrega por la Unidad de investigación a la autoridad judicial competente, verificándose que en sede central no queda vestigio de la información".
La resolución, que confirma las penas de prisión para dos narcotraficantes de cocaína, hace mención también a una reciente sentencia del Constitucional, de 28 de septiembre, sobre el alcance del requisito de motivación de la decisión del juez en relación con el inicio de las escuchas, relativas, en este caso, a la interceptación de sesiones de voz, mensajes de Internet, faxes y mensajes de SMS.
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