Están excluidos Parot, Kubati y Mamarru
El Constitucional estudiará caso por caso la aplicación de la 'doctrina Parot'
> Esta doctrina obliga a descontar los beneficios penitenciarios del total de la condena y no, del límite máximo real de 30 años
lunes 16 de mayo de 2011, 17:54h
El Pleno del Tribunal Constitucional decidió en su día que todos los recursos presentados por los etarras más sanguinarios contra la 'doctrina Parot' sobre el cumplimiento de sus penas se analizarían uno por uno, caso por caso. De examen están excluidos el propio Henry Parot y los etarras Kubati y Mamarru, cuyos recursos fueron rechazados por defecto de forma.
Pese a informaciones en contra, no hay en el Tribunal Constitucional una posición fijada sobre los recursos planteados por etarras contra la doctrina del Tribunal Supremo de aplicar los beneficios penitenciarios al total de la condena y no al plazo máximo de cárcel fijado por la ley, que en este caso es de 30 años.
Es lo que se conoce como 'doctrina Parot', con la que el Supremo impidió en 2006 que asesinos de la categoría del propio Henry Parot y similares, con decenas de muertos a sus espaldas, pudiera abandonar la cárcel sin cumplir los 30 años de internamiento, como ocurrió con Iñaki de Juana Chaos.
La estrategia etarra ha pasado por plantear recursos individuales ante el Tribunal Constitucional contra la 'doctrina Parot' del Supremo, y algunas fuentes quieren incidir, al parecer sin base suficiente, en que la mayoría del Constitucional -el llamado sector 'progresista', menos Manuel Aragón- está a favor de rechazar la citada doctrina del Supremo. De ser así, una sesentena de miembros de ETA, de los más peligrosos y sanguinarios de la banda, podrían quedar en libertad en fechas próximas. Pero, también, otros asesinos 'comunes'.
Sin embargo, fuentes judiciales han informado a Diariocrítico que, en primer lugar, el Pleno del Constitucional ya decidió en su momento que no analizaría en su concepción global la 'doctrina Parot', sino que se vería caso por caso, recurso por recurso, dado que no todos los casos iguales.
En segundo lugar, de ese análisis quedarían excluidos tres sanguinarios etarras: el propio Henry Parot; Isidro Garalde, alias 'Mamarru', y José Antonio López Ruiz, alias 'Kubati', cuyos recursos fueron rechazados en su día por el Constitucional por defectos de forma. En concreto, el Auto del Constitucional 179/2010 rechazó el recurso de Parot, mientras que el 181/2010 hizo lo propio con Kubati.