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Ana Madrazo es diputada del PP por Cantabria

La Junta Electoral también exculpa a Madrazo tras pedir el voto para el PP, como Bauzá, el 20-N

sábado 03 de diciembre de 2011, 09:53h
La Junta Electoral Central (JEC) considera que la diputada electa del PP Ana Madrazo, que ha revalidado su escaño por Cantabria, no vulneró la ley electoral cuando, tras depositar su papeleta la jornada electoral del 20 de noviembre, dijo esperar que "la mayoría de los cántabros" respaldaran al PP y su proyecto "de cambio en la sociedad española para los próximos cuatro años".

- La Junta Electoral exculpa a Bauzá aunque pidió el voto para Rajoy el 20-N
La Junta Electoral también exculpa a Madrazo tras pedir el voto para el PP, como Bauzá, el 20-N

Así lo ha dictaminado el organismo arbitral en un acuerdo idéntico al que adoptó ante una denuncia similar presentada por el PSOE contra el presidente de Baleares, José Ramón Bauzá, quien, también el día de las elecciones, pidió un "gran aporte de votos" para su partido y para quien "va a ser el próximo presidente de España, Mariano Rajoy".

En una resolución recogida por Europa Press, la JEC desestima el recurso que el PSOE presentó contra la decisión de la Junta Electoral cántabra que tampoco vio necesario actuar contra Madrazo y archivó la denuncia inicial de los socialistas.


No es propaganda

La Junta ratifica la decisión del organismo cántabro al considerar que las declaraciones efectuadas por la candidata del PP a la salida del colegio electoral donde ejerció su derecho de voto "no pueden ser subsumidas en el supuesto de hecho del artículo 53 de la LOREG sin que puedan por lo tanto ser consideradas actos de propaganda electoral una vez finalizado el plazo de la campaña".

No obstante, igual que hizo en el caso de Bauza, el organismo arbitral sí censura en cierto modo este tipo de comentarios, que considera "poco acordes con la discreción a observar por los candidatos en la jornada de votación"

En cualquier caso, deja claro que estas declaraciones no pueden considerarse como un "acto de propaganda o de campaña en sentido estricto" porque lo que cabe "apreciar en ellas de forma predominante" la "expresión de una convicción personal sobre lo que entiende la denunciada como mejor resultado electoral".


Les preguntaron los medios


Además, la JEC apunta que hay que tener en cuenta que, tanto en el caso de Madrazo como en el de Bauzá, "tales declaraciones se emitieron, no por iniciativa" de los candidatos, sino al ser requeridos a la salida del colegio electoral a dar respuesta a las preguntas de los profesionales de diversos medios de comunicación.

El acuerdo de la Junta Electoral relativo a Madrazo, así como el de Bauza, es firme en la vía administrativa aunque, si el PSOE lo estima oportuno podrá presentar contra ellos recursos contencioso-administrativo ante la Sala Tercera del Tribunal Supremo, para lo que tiene un plazo de dos meses.

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