Según fuentes judiciales, el citado tribunal consideró inválidos los argumentos de la defensa, que había solicitado la anulación por defecto de forma de la orden europea de arresto cursada por las autoridades españolas en 2008.
El etarra vivió en libertad condicional desde que se entregara a la Justicia en noviembre de 2008, dispuesto a dirimir su posible extradición a España en los tribunales del Ulster. Pero desde el 25 de marzo de 2010 se le perdió la pista.
De Juana salió de prisión por "razones humanitarias y por razones legales" en la aplicación del artículo 100.2. Fue la primera vez que se alegó a él para un etarra. Ahora este artículo vuelve a estar en el foco público por el nuevo plan de reinserción de los presos terroristas. La posibilidad de que el Gobierno use el 100.2 con para poner en libertad a los etarras obligados a cumplir íntegramente sus condenas y sortear así el endurecimiento del Código Penal de 2003 está totalmente asumida y considerada natural por los miembros del Ejecutivo vasco que han estado reuniéndose con el ministro del Interior para elaborar el proyecto.