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Recusación de dos magristrados: García-Calvo y Rodríguez-Zapata

El Gobierno contraataca para no perder el 'partido' en el Tribunal Constitucional

El Gobierno contraataca para no perder el 'partido' en el Tribunal Constitucional

· Zapatero defiende esta decisión: "Quien ejerce su derecho, ejerce su derecho"

viernes 19 de octubre de 2007, 13:26h
Por el hecho de que se esperara, no deja de ser una importantísima noticia: el Ejecutivo ha decidido recusar a los magistrados del Tribunal Constitucional García Calvo y Rodríguez Zapata. Con ello nivela la actual mayoría de votos conservadores frente a los progresistas, lo cual es el primer paso para evitar que en el futuro próximo se admitan recursos de inconstitucionalidad contra leyes como la de Igualdad, matrimonios gays o el Estatut catalán.

La vicepresidenta primera del Gobierno, María Teresa Fernández de la Vega, informó este viernes que el Ejecutivo ha decidido autorizar al abogado general del Estado, Joaquín Fuentes de Bardají, para que recuse a los magistrados del Tribunal Constitucional Roberto García Calvo y Jorge Rodríguez Zapata en el recurso de inconstitucionalidad presentado por el PP contra la Ley Orgánica que regula este órgano (LOTC).

Se trata de la primera vez en la historia que un Gobierno recusa a magistrados constitucionales. Durante la rueda de prensa celebrada tras el Consejo de Ministros, Fernández de la Vega explicó que el Ejecutivo ha adoptado esta decisión tras examinar el informe realizado por la propia Abogacía del Estado sobre el citado recurso de inconstitucionalidad, al estimar que ambos magistrados, quienes en su día manifestaron una profunda discrepancia con la LOTC, "han incurrido en causa de recusación porque prejuzgaron el objeto del litigio".

   "La imparcialidad del juez no es sólo garantía para las partes, sino para la autoridad y prestigio de los tribunales -manifestó de la Vega-, autoridad y prestigio que en una sociedad democrática descansa en la confianza que los ciudadanos depositan en la imparcialidad de sus jueces".

Imparcialidad

De la Vega aseguró que el Ejecutivo toma sus decisiones de forma "motivada y responsable" y que la actuación tiene "exclusivamente" como objeto "garantizar y preservar la imparcialidad judicial" como una de las exigencias inherentes al Derecho en un proceso "con todas las garantías, según se establece en artículo 24.2 de la Constitución". 

También señaló que se ha actuado de acuerdo con la jurisprudencia establecida por el Tribunal Europeo de Derechos Humanos y con la fijada por el propio Constitucional para preservar la "imparcialidad, principio absolutamente esencial del funcionamiento democrático del Estado de Derecho". "Es una decisión fundada en Derecho", zanjó.

Zapatero lo comenta desde Lisboa

   El presidente del Gobierno se limitó a indicar desde Lisboa que el Ejecutivo "ejerce su derecho" al decidir recusar a dos magistrados conservadores del Tribunal Constitucional. Zapatero remitió a la información que de forma paralela aportaba la vicepresidenta tras el Consejo de Ministros y tan sólo dijo: "Quien ejerce su derecho, ejerce su derecho".

El recurso del abogado del Estado

El Abogado General del Estado, en nombre del Gobierno de la Nación, ha formulado ante el Tribunal Constitucional la recusación de los dos magistrados del Tribunal Constitucional Roberto García-Calvo y Montiel y Jorge Rodríguez-Zapata Pérez porla “contaminación” de los recusados, dado que en su condición de tales y fuera e inmediatamente antes de interponerse el recurso de inconstitucionalidad, pusieron de manifiesto mediante carta dirigida a la Presidenta del Tribunal su “más profunda discrepancia con el resultado de la reforma legal” de cuya constitucionalidad hoy se discute en el Tribunal.

La actitud de los Magistrados recusados se califica como contraria a la "necesaria imparcialidad exigible a un magistrado y reveladora de un prejuicio sobre el objeto del pleito, lo que implica prejuzgarlo. Ambas circunstancias están vetadas por el ordenamiento jurídico".

La recusación se funda en las causas previstas en la Ley Orgánica del Poder Judicial y se motiva y argumenta con base en la jurisprudencia del propio Tribunal Constitucional y del Tribunal Europeo de Derechos Humanos.

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