El Tribunal considera como hechos probados, tal y como se recoge en la sentencia que sobre las 20 horas del 17 de mayo de 2011, el acusado, mayor de edad y sin antecedentes penales, viajaba en uno de los autobuses urbanos que recorren la Línea B de Albacete, y se sentó frente a un asiento ocupado por una menor.
En un momento dado, aprovechando que la niña se agachó a coger una mochila, se abrió los pantalones y le mostró sus genitales, al tiempo que le sonreía. La sentencia no es firme y las partes pueden interponer recurso de apelación en el plazo de 10 días.