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En ceremonia especial

Se entrega la Nueva Constitución al Congreso Nacional

Se entrega la Nueva Constitución al Congreso Nacional

viernes 14 de diciembre de 2007, 21:27h
Actualizado: 19 de diciembre de 2007, 00:00h

El pleno de la Asamblea Constituyente, a través de su directiva, entregará a las 18.00 de hoy al presidente nato del Congreso Nacional, Álvaro García Linera, el texto de la constitución, en una sesión especial que se celebrará en el auditorio del Banco Central de Bolivia. Se cumple así el plazo establecido por la ley de convocatoria y su ampliación. Sin embargo, en varios departamentos desconocen el texto y declararán la autonomía.

De acuerdo a las fuentes consultadas por la agencia ABI, la agenda planificada para esta sesión especial de entrega, como primer punto está el control de asistencia.

En el segundo punto es la presentación del informe de la directiva de la Asamblea Constituyente y luego se procederá a la entrega del texto constitucional a los asambleístas.

    Y posteriormente se hará entrega de los informes de mayoría y minoría para el referéndum dirimidor del artículo 398 referido a la tenencia de tierras.

    La Asamblea Constituyente, entre el sábado 8 y el domingo 9 de diciembre en la ciudad de Oruro, aprobó en detalle la nueva Constitución Política del Estado por dos tercios de votos de los delegados presentes, conforme manda la Ley de Ampliación de la Asamblea Constituyente.

    Sin embargo, el artículo 398 referido a la cantidad de hectáreas de tierra que podrán poseer los privados para su uso no alcanzó los dos tercios de voto, por lo que será el referéndum dirimidor el que defina si son 10 mil o cinco mil hectáreas la superficie máxima que se podrá poseer.

    Su inciso segundo de la ley de convocatoria establece que "en caso de no lograrse los dos tercios de votos en uno o más artículos, en la etapa de detalle se procederán conforme a lo establecido en los artículos tercero y cuarto de la presente ley".

    El artículo tercero señala que "con la finalidad de convocar a Referéndum dirimidor, la Asamblea Constituyente deberá remitir al Congreso Nacional los artículos que no hubiesen sido aprobados en detalle por dos tercios de votos de sus miembros"

    El artículo cuarto establece que "el Congreso de la República convocará, mediante Ley de la República, aprobada por dos tercios de los miembros presentes, a Referéndum dirimidor con carácter vinculante en un plazo no mayor a 120 días, computables a partir de la publicación de la norma para que mediante sufragio universal el pueblo boliviano dirima los artículos en controversia por mayoría absoluta de votos".

    "El Congreso de la República formulará las preguntas, en base a los informes redactados y textos redactados de los artículos de mayoría y minoría aprobados por la Asamblea Constituyente".

    "Las preguntas deberán ser formuladas con claridad y precisión abarcando todos los artículos y temas motivo de la consulta y las concordancias necesarias con el texto completo de la nueva Constitución".

    "El Congreso de la República no podrá modificar el texto de los artículos a ser sometidos a consulta ni las concordancias de los mismos".

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