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El Papa endurece las leyes contra los abusos sexuales en su reforma del Código Canónico
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(Foto: EP)

El Papa endurece las leyes contra los abusos sexuales en su reforma del Código Canónico

martes 01 de junio de 2021, 17:53h

El Papa Francisco ha reformado el Código de Derecho Canónico para endurecer las leyes contra los abusos sexuales. La pederastia pasa a ser considerada un delito contra la dignidad humana y se criminalizan los abusos sobre adultos. Además, se ha introducido el delito de abuso de menores cometido no sólo por clérigos, sino también por miembros de institutos de vida consagrada y otros fieles. La reforma entrará en vigor el próximo 8 de octubre.

En una histórica reforma del Código de Derecho Canónico, el Papa Francisco ha optado por endurecer las leyes contra los abusos sexuales en la Iglesia. "Para responder adecuadamente a las exigencias de la Iglesia en todo el mundo resultaba evidente la necesidad de modificar la disciplina penal a fin de prevenir males mayores y de sanar las heridas causadas por la debilidad humana", ha afirmado el Pontífice.

"En el pasado, ha causado mucho daño la falta de comprensión de la relación íntima existente en la Iglesia entre el ejercicio de la caridad y el recurso a la disciplina sancionatoria. Un modo de pensar que ha dificultado la corrección, creando en muchos casos escándalo y confusión entre los fieles", ha señalado el Papa.

Cambios en materia legislativa sobre los delitos de abusos sexuales

El nuevo texto introduce cambios de diversa índole en el derecho vigente y sanciona algunas nuevas figuras delictivas. También se ha mejorado "desde el punto de vista técnico, especialmente en lo que se refiere a aspectos fundamentales del derecho penal, como el derecho de defensa, la prescripción de la acción penal, una determinación más precisa de las penas ofreciendo criterios objetivos en la identificación de la pena más adecuada a aplicar en el caso concreto, reduciendo la discrecionalidad de la autoridad, para favorecer la unidad eclesial en la aplicación de las penas, especialmente para los delitos que causan mayor daño y escándalo en la comunidad".

Entre los principales cambios, destacan la previsión de nuevas penas, como la reparación, la indemnización por daños y perjuicios, la privación de toda o parte de la remuneración eclesiástica, según las normas establecidas entonces por las distintas Conferencias Episcopales, así como la atención a la enumeración de las penas en mayor orden, con mayor detalle, para permitir a los superiores, a la autoridad eclesiástica, identificar las más adecuadas y proporcionadas a los delitos individuales.

Algunas penas que antes estaban previstas sólo para los clérigos se extienden ahora a todos los fieles, como consecuencia de que hoy existe una mayor participación en la vida de la Iglesia con el ejercicio de ministerios y oficios por parte de los no clérigos. En consecuencia, se prevé que también se suspendan.

También se prevén medios de intervención más adecuados para corregir y prevenir los delitos, porque la posibilidad de prevenirlos es uno de los objetivos del sistema penal. También se ha revisado el plazo de prescripción para reducir la duración de los juicios. Otros cambios se refieren a la configuración de los delitos, a la introducción también de nuevos delitos que responden a situaciones sociales y eclesiales cambiadas.

En cuanto a la legislación sobre el abuso de menores hay una novedad que es indicativa de la voluntad de resaltar la gravedad de estos delitos y también la atención que hay que prestar a las víctimas. En el código anterior, los delitos relacionados con el abuso de menores se enumeraban en el capítulo: "Delitos contra las obligaciones especiales de los clérigos". En la actualidad, estos delitos se enumeran en el capítulo: "Delitos contra la vida, la dignidad y la libertad del hombre".

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