Las mirillas digitales o electrónicas están proliferando y muchos propietarios las instalan en sus hogares para tener acceso y control de la puerta en cualquier momento.
Pero la Justicia acaba de dictaminar su ilegalidad en determinadas circunstancias.
El Tribunal Supremo ha confirmado que vulnera el derecho a la intimidad personal y familiar de los vecinos y ha obligado a quitarla unos propietarios tras la denuncia de varios vecinos afectados.
Esta mirilla permitía grabar imágenes de los vecinos de la puerta de enfrente cada vez que entraban y salían de su casa o recibían a alguien en su domicilio, lo que para el tribunal vulneraba su intimidad.
¿Cómo funciona?
La mirilla digital es un dispositivo de fácil instalación que permite grabar vídeos y tomar fotos de todo lo que ocurre junto a la puerta.
Y no hay que estar pendiente, pues la gran mayoría se activa con sensores de movimiento y es cuando comienza a grabar o a hacer fotografías sin que la gente se dé cuenta. Muchas cuentan con un gran angular de visión e incluso con modo de visión nocturna para poder captar cualquier movimiento durante la noche.

Las imágenes consultarlas el propietario en cualquier momento desde su teléfono móvil, pues está conectado a la mirilla electrónica mediante una app.
¿Todas son ilegales?
Según la sentencia, el punto más problemático de este caso era que los propietarios tenían acceso a las imágenes en cualquier momento y podrían grabarlas o difundirlas sin permiso.
Además, la mirilla era particular, no un dispositivo puesto en zonas comunes aprobado por la comunidad de propietarios cuya custodia se confía a empresas expertas y todos los vecinos saben de su existencia.
La mirilla que puso el denunciado estaba en la puerta de un piso y apuntaba al resto de viviendas, por lo que se activava en cuanto alguien pasaba, no necesariamente cuando alguien se aproximaba a su puerta.
"El dispositivo se activa siempre que alguien acude a la vivienda de los demandantes, por la cercanía de ambas puertas, sin necesidad de que hayan llamado al timbre de la vivienda de los demandados o intentado abrir su puerta; la situación enfrentada de ambas puertas, a una distancia mínima, supone que cuando se abre la puerta de la vivienda de los demandantes el dispositivo permite ver el interior de esa vivienda", destaca la sentencia.
Como explica el abogado experto 'Xavi Abat', no todas son ilegales, pues si la mirilla digital solo se activa cuando se pulsa el timbre de la vivienda o se activan desde dentro, es decir, que el propietario está en casa y la activa para ver el exterior como lo haría con una tradicional, son legales y no vulneran derechos.
"La instalación del dispositivo de captación, transmisión y al menos potencialmente, grabación de imágenes, supone una afectación relevante de la intimidad personal y familiar de los demandantes. Una afectación que no es proporcionada con el beneficio que supone para la satisfacción de intereses de los demandados",concluyen los magistrados.
Por ello, en este caso, los demandados están obligados a quitar la mirilla digital.
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