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Imágenes tras el accidente de tren en Adamuz
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Imágenes tras el accidente de tren en Adamuz (Foto: Guardia Civil)

Las reclamaciones a los seguros que ya pueden ejecutar los afectados por el accidente de tren de Adamuz

Por Eva Cifuentes (Diariocrítico.com)
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ecifuentesdiariocriticocom/10/10/24
martes 20 de enero de 2026, 10:59h
Actualizado: 20 de enero de 2026, 19:02h

Aunque todavía se desconocen las causas concretas del accidente ferroviario de Adamuz que ha dejado ya 41 muertos, los afectados y sus familiares pueden reclamar ya el Seguro Obligatorio de Viajeros.

Será un juzgado quien dirima las responsabilidades y quién asumirá las indemnizaciones por la Seguridad Civil, pero algunas reclamaciones se pueden iniciar ya.

Qué es el seguro de viajeros

Todos los afectados por el trágico accidente tienen derecho a indemnizaciones y permisos laborales tras lo ocurrido. Cuestiones que también pueden solicitar las familias.

El Seguro Obligatorio de Viajeros se incluye al comprar el billete, pues lo ofrecen por normativa las compañías de transporte colectivo. De esta forma están protegidos ante daños corporales sufridos por un accidente durante el viaje, como es el caso.

Este seguro protege a todos los viajeros con billete, incluídos los menores que no necesitaban su compra, así como a los trabajadores de ambos trenes. Este seguro incluye lesiones corporales ante un choque, vuelco, alcance, salida de la vía o calzada, rotura, explosión, incendio, reacción, golpe exterior y cualquier otra avería o anormalidad que afecte o proceda del vehículo.

¿Ofrece indemnización?

Este seguro contempla indemnizaciones por fallecimiento hasta 18 meses después del accidente si es a consecuencia de este.

También cubre indemnizaciones ante casos de incapacidad permanente o temporal provocada por el incidente.

Según la actual normativa, las cantidades son las siguientes:

  • Hasta 72.000 euros por fallecimiento
  • La UE contempla pagos inmediatos de 21.000 euros en caso de muerte en los 15 días tras la identificación
  • Entre 2.800 y 84.000 para lesiones, dependiendo de la gravedad y secuelas.

Los afectados pueden presentar ya estas reclamaciones ante las empresas implicadas. Para ello necesitarán el billete o justificante del viaje, los partes de lesiones o defunción y las facturas de gastos como los traslados, dietas...etc.

Las indemnizaciones pueden ser todavía más elevadas, pero para ello hay que esperar a la apertura de la vía penal, un proceso más lento y burocrático.

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