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Considera que se vulnera su competencia sobre todo el territorio

El Gobierno lleva ante el Constitucional a Andalucía y País Vasco por la cuestión farmacéutica

El Gobierno lleva ante el Constitucional a Andalucía y País Vasco por la cuestión farmacéutica

viernes 13 de julio de 2012, 19:13h
El Gobierno ha acordado este viernes en su reunión del Consejo de Ministros llevar ante el Tribunal Constitucional (TC) a Andalucía y al País Vasco por su rebeldía a la hora de aplicar las 'recetas' de la ministra de Sanidad, Ana Mato.
Cuestión de competencia en el País Vasco
El Gobierno planteará ante el Tribunal Constitucional (TC) un conflicto positivo de competencia al Gobierno Vasco por su decreto sobre régimen de las prestaciones sanitarias del Sistema Nacional de Salud (SNS) en esta comunidad con el que pretenden evitar la reforma sanitaria impulsada por la ministra del ramo, Ana Mato.


   El objetivo del Gobierno central es garantizar la aplicación de la legislación estatal a la mayor brevedad posible, para lo que han decidido invocar la aplicación del artículo 161.2 de la Constitución, lo que implicará la suspensión del Decreto una vez sea admitida a trámite la impugnación por el Tribunal Constitucional.

   El Gobierno vasco presentó el pasado 26 de junio un decreto para garantizar la gratuidad y universalidad del sistema sanitario público "para todas las personas que residan en el País Vasco", asegurando que estaban "amparados por la legislación vigente y avalados por su suficiencia financiera".

   Sin embargo, el Ejecutivo de Mariano Rajoy argumenta ahora que el decreto vasco pretende regular "cuestiones que corresponden únicamente al Estado y vulnera la normativa establecida en cuanto a la regulación de la condición de asegurado, cartera común de servicios y financiación de prestaciones sanitarias".

   Además, entienden que de esta manera impide la aplicación práctica "en buena medida" de la reforma sanitaria de Mato en esta comunidad, que que establecería tanto un nuevo copago farmacéutico como la exención de la tarjeta sanitaria a determinados colectivos, como los inmigrantes en situación irregular.

   Sobre esto último, en una sentencia del 19 de junio de 2012 (recurso 2810-2009) el Alto Tribunal señaló que "la definición de quiénes pueden considerarse asegurados y en consecuencia tener acceso al Sistema Nacional de Salud, así como las concretas prestaciones sanitarias que deben ser garantizadas a todos ellos, por integrarse en la cartera común, permite establecer un común denominador normativo dirigido a asegurar, de manera unitaria y en condiciones de igualdad, el acceso a la sanidad por parte de todos los ciudadanos incluidos en el ámbito subjetivo de la norma, con independencia de su lugar de residencia".

Recurso de inconstitucionalidad en Andalucía

El Gobierno interpondrá un recurso de inconstitucionalidad contra el artículo uno del Decreto Ley andaluz por el que se aprobaron medidas urgentes sobre prestación farmacéutica del sistema sanitario público.

   El Gobierno toma esta decisión al considerar que los preceptos que se cuestionan en ese decreto, del 13 de diciembre de 2011, vulneran las competencias estatales en materia de legislación farmacéutica al establecer normas reguladoras de la prescripción de medicamentos careciendo de competencia para ello, así como en materia de sanidad al modificar la cartera de servicios establecida con carácter básico por el Estado.

   Así las cosas, mantienen que el nuevo régimen legal y la resolución andaluza establecen un mecanismo de formación de precios y de selección de los medicamentos a dispensar por las farmacias no previsto en la normativa estatal, con la consecuencia inevitable, además, a partir de esa premisa, de reducir la oferta establecida con carácter básico de las prestaciones garantizadas en Andalucía respecto a las garantizadas por su inclusión en la cartera de servicios comunes del Sistema Nacional de Salud.

   El Gobierno ha decidido recurrir el decreto invocando ante el Tribunal Constitucional la aplicación del artículo 161.2 de la Constitución, por lo que la aplicación de los preceptos impugnados quedará suspendida a partir de la admisión a trámite de la impugnación por el Tribunal Constitucional por un plazo máximo de cinco meses, transcurrido el cual el Tribunal habrá de pronunciarse sobre si procede o no el mantenimiento de la suspensión.

   El decreto andaluz adiciona artículos de la Ley de Farmacia andaluza, que establecen que la Dirección Gerencia del Servicio Andaluz de Salud realizará convocatorias públicas en las que podrán participar todos los laboratorios farmacéuticos interesados, para seleccionar, de entre los medicamentos comercializados que tengan un precio autorizado igual o inferior al precio menor correspondiente, que establece el Sistema Nacional de Salud y vigente en el momento de la convocatoria, aquel que deberá ser dispensado por las oficinas de farmacia.

   Ese supuesto se da cuando, en el marco de la prestación farmacéutica del Sistema Sanitario Público de Andalucía, se les presente una receta médica u orden de dispensación en las que el medicamento correspondiente se identifica exclusivamente por la denominación oficial de sus principios activos.

   Asimismo, se recoge que para cada formulación de principio activo se seleccionará el medicamento del laboratorio farmacéutico cuya propuesta represente para el Servicio Andaluz de Salud el menor coste final de la prescripción correspondiente de entre los propuestos.

   Para los cálculos oportunos se tendrá en cuenta la diferencia entre el precio autorizado de cada medicamento y la cuantía de la mejora económica ofrecida al Servicio Andaluz de Salud por el laboratorio farmacéutico correspondiente.

   La misma Ley señala que como resultado de aplicar los criterios de valoración del apartado 3 a los medicamentos objeto de las propuestas de los laboratorios farmacéuticos, se obtendrá un listado ordenado de menor a mayor coste final de aquéllos. Con carácter general, se seleccionará el primero que figure en el citado listado y con su laboratorio preparador se suscribirá el correspondiente convenio.

   Cabe recordar que en una resolución del 25 de enero de este año la Dirección Gerencia del Servicio Andaluz de Salud, realizó una convocatoria para la selección de medicamentos, frente a la que el Gobierno central ya ha planteado un conflicto positivo de competencias.
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