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Importante sentencia de la Sala de lo Militar del Tribunal Supremo

Rodríguez Bolinaga, el único ‘paganini’ del desastre de la Guardia Civil de Asturias en relación al 11-M

Rodríguez Bolinaga, el único ‘paganini’ del desastre de la Guardia Civil de Asturias en relación al 11-M

miércoles 07 de noviembre de 2007, 14:53h
El teniente coronel de la Guardia Civil Rodríguez Bolinaga fue “negligente” en el cumplimiento de sus obligaciones profesionales, causando “perjuicio grave al servicio” respecto a la investigación del 11-M. Así lo establece definitivamente la Sala de lo Militar del Tribunal Supremo, que desestima un recurso de Bolinaga y confirma la sanción que le impuso el ministro de Defensa por la ‘ocultación’ de la famosa cinta de Canciones. Bolinaga queda así como el único ‘paganini’ del hecho de que la Guardia Civil Asturias no se enterara de nada respecto a la preparación de la masacre de la Madrid.

En una sentencia hecha pública este miércoles, la Sala de lo Militar del Tribunal Supremo afirma taxativamente que “resulta claro que el comportamiento del Teniente Coronel [Antonio] Rodríguez Bolinaga fue negligente en razón a que lejos de poner en conocimiento de la autoridad judicial o en todo caso de sus superiores un documento sonoro (en donde se contenían datos supuestamente relevantes para la investigación judicial abierta por al atentado ocurrido en Madrid el día 11 de marzo de 2004), ordenó guardar dicho documento en una caja fuerte, faltando con ello a los más elementales deberes de su cargo, que le obligaban como hemos dicho a remitir la cinta al Juez encargado de la instrucción o a ponerlo en conocimiento de sus mandos superiores”.

La sentencia añade que “consecuentemente, al ordenar el recurrente [Rodríguez Bolinaga] guardar la cinta en una caja fuerte cometió una negligencia grave, pues en vez de poner en todo caso en conocimiento de sus superiores la existencia de la expresada cinta sabiendo que en ella se hacía referencia a nuevos datos (la explosión con móviles y el desplazamiento a Marruecos) decidió guardar por su cuenta y riesgo una pieza de convicción que sólo podría abrirse por orden suya según se especificaba en el rótulo identificativo de la cinta”.

La sentencia de la Sala Militar del Tribunal Supremo es demoledora, porque, primero, incide en un aspecto fundamental de la investigación del 11-M (precisamente, la no investigación previa de la Guardia Civil de Asturias ni tampoco de la UCO, aunque no se cita a esta unidad operativa), y, segundo, porque fija como único ‘chivo expiatorio’ de aquel desbarajuste al teniente coronel jefe de la Comandancia de Gijón, Antonio Rodríguez Bolinaga.

Por todo lo acaecido con la famosa cinta de Cancienes, Bolinaga fue sancionado el 15 de julio de 2005 por el director general de la Guardia Civil a la pérdida de diez días de haberes como autor de la falta grave consistente en "la negligencia en el cumplimiento de las obligaciones profesionales causando perjuicio grave al servicio", prevista en el apartado 5 del artículo 8 de la Ley Orgánica 11/1991, de 17 de junio, de Régimen Disciplinario de la Guardia Civil. Sanción que fue ratificada por el ministro de Defensa el 25 de noviembre de 2005.

Unos “antecedentes de hecho” demoledores

Rodríguez Bolinaga ha venido recurriendo desde entonces la sanción, ya que queda, en realidad, como el único responsable de todo el desaguisado, pero ha perdido todos los recursos presentados. Además, esta sentencia de la Sala Militar del Tribunal Supremo recoge unos “antecedentes de hecho” que resultan demoledores.

Resulta que con fecha 26 de agosto de 2001, el confidente Francisco Javier Lavandera Villazón formuló denuncia telefónica al C.O.S. de la Comandancia de Gijón poniendo de manifiesto que había un individuo que le había ofertado gran cantidad de explosivos.  Por el C.O.S. de la Comandancia de Gijón se cursó la oportuna nota, dando cuenta de la denuncia, que fue remitida al Servicio de Información de la Comandancia, ordenándose al guardia civil Jesús María Campillo Veiga, destinado en ese Servicio de Información, que se hiciera cargo de la investigación de la denuncia. A tal efecto, y tras mantener una conversación con el confidente, concertó una entrevista con el mismo que se llevó a cabo el 28 de agosto de 2001, y que fue grabada en cinta magnetofónica por el guardia civil Campillo.

Con fecha 29 de agosto de 2001, Campillo realizó un informe operativo en el que, tras escuchar la cinta grabada, transcribió parcialmente el contenido de la conversación mantenida con el confidente y en el que en síntesis dejaba constancia de que un tal Toño o Toro, y un socio de éste le habían puesto de manifiesto que tenían en su poder grandes cantidades de explosivos, hablando de hasta 1000 y 400 kilogramos, pudiendo comprobar el confidente Lavandera la existencia de unos 40 ó 45 kilogramos de Goma-2 en el maletero del coche de Toro. Igualmente, se dejaba constancia de que le ofrecieron un coche, que le quisieron vender un permiso de conducir falso y que ese grupo se dedicaba a la venta de cocaína.

Sin embargo, no se dejó constancia en el informe de Campillo de que, según puso de manifestó el confidente Lavandera, le preguntaron si sabía de alguien que supiera montar bombas con móviles, “al igual que un tal Emilio le manifiesta que quieran marchar a Marruecos para dirigir la cosa así”.

En el informe operativo que redacta Campillo se deja constancia de determinados documentos que se acompañan al mismo, entre los que no aparece reflejado el soporte en que ha sido grabada la conversación.

El informe operativo fue elevado al teniente coronel Jefe de la Comandancia, Antonio Rodríguez Bolinaga, quien encargó al capitán Montero, Jefe de la Unidad Orgánica de la Policía Judicial (U.O.P.J.), la investigación de lo allí relatado. Las diligencias concluyeron sin resultados positivos. Es decir, que el 11-M se podía haber evitado si se hubiera investigado más en la vía señalada por el confidente Lavandera. Así, al menos, se deduce de los “antecedentes de hecho” de esta sentencia del Supremo.

Dice la Sala Militar que no ha quedado acreditado el destino que se dio al soporte en que figuraba grabada la conversación del agente de Información y el confidente. En todo caso, la referida cinta en ningún momento se entregó al Capitán Montero ni al teniente coronel Rodríguez Bolinaga.

¿Ocultación de pruebas?

Sin embargo, tras el atentado ocurrido en Madrid el día 11 de marzo de 2004, el guardia civil Campillo puso de manifiesto al entonces teniente Montero el desasosiego que le asistía “habida cuenta la relación existente entre los hechos a él denunciados y los atentados, manifestando que no se había hecho lo suficiente y que se podía haber evitado el atentado”.

Esa “preocupación”, según esta sentencia, la puso de manifestó igualmente al teniente coronel Jefe de la Comandancia, Rodríguez Bolinaga, quien recibió al guardia civil previa solicitud de éste. En ninguna de las entrevistas el agente de Información puso de manifiesto a sus mandos que en la inicial conversación con el confidente Lavandera, que fue grabada, se hacía referencia a bombas con móviles o traslados a Marruecos. Ante la sospecha de que el guardia civil Campillo “pudiera tener problemas psicológicos”, Rodríguez Bolinaga solicitó, a través del Jefe de la Zona, una entrevista con el psicólogo que se llevó a cabo sin que se considerara necesaria la baja en el servicio de Campillo.

Cuando en fechas posteriores a los atentados se empezó a relacionar la denominada trama de los explosivos de Asturias con el trágico suceso, a primeros de abril de 2004, y a petición del teniente coronel Rodríguez Bolinaga, se elaboró un informe en el que se detallaban las investigaciones llevadas a cabo en el seno de la Comandancia de Gijón, informe que se remitió a la Dirección General de la Guardia Civil junto con otro emitido en tal sentido por la Comandancia de Oviedo, reuniéndose personal de ambas Comandancias y de la Zona unos días después, en la sede de la Dirección General.

La cinta aparece en el puesto de Cancienes

La sentencia estima que con fecha 15 de octubre de 2004, el guardia civil Robles Ramos, con destino en el Puesto de Cancienes de la Comandancia de la Guardia Civil de Gijón, escucha la cinta en la que se grabó la conversación entre el confidente Lavandera y el guardia Campillo.

No ha quedado acreditado cómo llega la cinta al citado Puesto, pero se sabe que tras escuchar la cinta, el guardia Robles Ramos puso tal hecho en conocimiento de sus superiores, comunicando el capitán jefe de la Compañía tal circunstancia al capitán jefe del Servicio de Información de la Comandancia, Gómez Suárez, quien acudió el 16 de octubre de 2004 al Puesto de Canciones, escuchando la cinta y observando de que la grabación pertenecía al Servicio de Información, momento en el que se la queda en su poder. No obstante, antes de retirarla del Puesto de Canciones fue requerido para que informara un recibí de la entrega en el que se dejaba expresa constancia de que aparecían nombres como Toro, Emilio, explosivos, Goma 2 eco, bombas accionadas con teléfonos móviles, etc.

Para la Sala de lo Militar queda claro que nada más llegar a la Comandancia, el capitán jefe del Servicio de Información, Gómez Suárez, informó de lo sucedido al teniente coronel Rodríguez Bolinaga, quien le indicó que procediera a oír el contenido íntegro de la cinta. “Al escuchar la cinta se percata de que en la misma se hace referencia a dos datos hasta ahora desconocidos en relación con lo que figuraba en el informe operativo, en concreto la marcha a Marruecos y las bombas con móviles”.

Esto ocurría un sábado por la tarde y estaba ausente del Acuartelamiento el teniente coronel Jefe de la Comandancia (Bolinaga), por lo que el capitán Gómez Suárez esperó a que llegara el mando para darle novedades de lo ocurrido, “en particular de que aparecía mencionado el tal Emilio y, sobre todo, de las bombas con móviles”. En ese momento, el capitán Gómez Suárez le dio al teniente coronel su opinión personal en relación con la trascendencia de lo escuchado, “concluyendo el Jefe del servicio que no aportaba nada nuevo en relación con las investigaciones” (sic).

Luego, la cinta permaneció bajo custodia del citado capitán hasta el 18 de octubre en que, por orden del teniente coronel Rodríguez Bolinaga, se guardó en la caja fuerte de la Ayudantía con un doble sobre con cinta adhesiva y con la inscripción "abrir solamente por orden del Teniente Coronel Jefe de la Comandancia" (sic). Dato este último de suma importancia para todo el expediente.

Ahora bien, con fecha 10 de noviembre de 2004 apareció publicada en el diario El Mundo una noticia en la que se dejaba constancia de la aparición de la cinta en el Puesto de Cancienes y parte del contenido de ésta, en concreto lo relativo a la existencia de bombas con móviles. En dicho diario se publicó un día después la trascripción íntegra de la cinta.

Sólo entonces, cuando el hecho ya era público y notorio, el teniente coronel Rodríguez Bolinaga optó por trasladarse a la Zona –no lo había hecho antes-, solicitando del coronel Jefe de la misma instrucciones en orden al destino que había de darse a la cinta, informándole posteriormente ese mando, por vía telefónica, que había que remitirla al juez Juan del Olmo, que llevaba el Sumario por la masacre de Madrid.

Así, el mismo día 10 de noviembre se ordenó la trascripción íntegra de la cinta y con esa misma fecha se remitió al Juzgado Central de Instrucción número 6 de los de la Audiencia Nacional.

Lo demás ya es sabido: por el juez Juan del Olmo, encargado de la investigación de los atentados del 11 de marzo, se procedió, una vez recepcionada la cinta, a recibir declaración al guardia civil Campillo y al confidente Lavandera. Tanto la cinta como la trascripción de la misma fueron incorporadas al Sumario 20/2004, que tramitaba el titular del Juzgado Central de Instrucción número 6, habiéndose practicado diligencias de prueba relacionadas con el contenido de la grabación con posterioridad a tener conocimiento de la misma.

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