www.diariocritico.com

De la Vega: "nadie escapa a la ley"

Solicitada a Argentina la extradición de Rodríguez Menéndez

Solicitada a Argentina la extradición de Rodríguez Menéndez

viernes 17 de octubre de 2008, 15:36h
El Consejo de Ministros ha aprobado solicitar a las autoridades argentinas la extradición del abogado prófugo José Emilio Rodríguez Menéndez. Se inicia así el proceso para su vuelta a prisión y como dijo De la Vega "nadie escapa a la ley".
Como se recordará, el abogado prófugo José Emilio Rodríguez Menéndez fue detenido el pasado 9 de octubre en Buenos Aires, ciudad a la que se había desplazado tras fugarse de España en el mes de agosto aprovechando un permiso concedido por el juez de vigilancia penitenciaria.

         Rodríguez Menéndez cumplía una pena en la cárcel de Teixeiro (A Coruña). Condenado en 2004 por un delito contra la intimidad, protagonizó una fuga, también a Buenos Aires, antes de comenzar a cumplir la pena de cárcel pendiente, que en 2006, una vez reingresado en prisión, se comenzó a ejecutar.

         A esa pena de prisión se unió la impuesta en octubre de 2006 por la comisión de cuatro delitos consumados de defraudación a la Hacienda Pública, para los cuales se estableció como límite máximo de pena el de siete años y seis meses, en aplicación del artículo 70 del Código Penal. 

Peticiones judiciales

Las Secciones 1 y 17 de la Audiencia Provincial de Madrid han solicitado al Gobierno el 10 y 13 de octubre que tramite las peticiones correspondientes de extradición a las autoridades argentinas. Previamente, la Audiencia Provincial de Madrid Sección Primera comunicó al Juzgado de Instrucción Decano de Betanzos (A Coruña) el no reingreso del interno a la cárcel por si los hechos podían constituir un delito de quebrantamiento de condena del artículo 468.1 del Código Penal.

Por su parte, el Juzgado de Primera Instancia e Instrucción nº 2 de Betanzos ha solicitado que se interese de las autoridades argentinas la extradición por un delito de quebrantamiento de condena.

Conforme al artículo 2 del Convenio de Extradición con Argentina (de 3 de marzo de 1987), dan lugar a extradición los hechos sancionados con una pena privativa de libertad cuya duración máxima no sea inferior a un año. Aunque en el convenio de extradición entre España y Argentina se establece un plazo máximo de cuarenta días desde la detención para que las autoridades requeridas reciban la solicitud formal de extradición por escrito y por la vía diplomática, el Ministerio de Justicia ha acelerado al máximo los trámites debido a la trascendencia social de este caso.
¿Te ha parecido interesante esta noticia?    Si (2)    No(0)

+
0 comentarios