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Los ex banqueros que evitan la prisión indignan a la sociedad española en otro escándalo de la Justicia

Los ex banqueros que evitan la prisión indignan a la sociedad española en otro escándalo de la Justicia

> Reconocieron haber cobrado pensiones millonarias por 30 millones de euros en Caixa Penedès

viernes 30 de mayo de 2014, 09:15h
Los cuatro exdirectivos de Caixa Penedès acusados de engordar sus pensiones millonarias de forma irregular no ingresarán en prisión al haber sido condenados a penas de entre 1 y 2 años de cárcel tras haber reconocido los hechos y haber devuelto los 28,6 millones que cobraron por ellas.

- Condenan a la excúpula de Caixa Penedès
El ex director general de la Caja Ricard Pagès y los tres exdirectivos Santiago Abella, Joan Caellas y Manuel Troyano, los primeros gestores de las antiguas cajas de ahorros en ser juzgados, han sido condenados por el juez central de lo penal José María Vázquez Honrubia por un delito de administración desleal.

Al inicio de la sesión de hoy, los cuatro acusados han reconocido los hechos de los que les acusa la Fiscalía y han anunciado que habían reintegrado las cantidades ya cobradas y las pendientes de percibir con independencia de la decisión que adoptara el magistrado, que ha decidido adelantar su fallo mientras redacta la sentencia, que es firme.

Un fallo que ha dictado en contra del criterio del fiscal, que ha mantenido su pena de prisión de 3,5 años para Pagès y de 3 años para los otros tres acusados porque su reconocimiento demuestra que "la Fiscalía tenía razón" cuando aseguraba que se engrosaron sus pensiones contratando pólizas de seguros a espaldas de los órganos de administración y control de la caja.

Pese a que su conducta ha sido "maliciosa e insidiosa" y por "una serie de procedimientos engañosos" y "burlando" los controles de los órganos de la entidad, los cuatro exbanqueros antepusieron sus intereses "en perjuicio de la sociedad", el juez ha considerado que concurre una atenuante de reparación del daño y reconocimiento de los hechos.

De esta forma, les ha condenado solo por un delito de administración desleal y no apropiación indebida como pedía el fiscal.

"Se restaura el orden jurídico y se compensa a la víctima, por lo tanto se han sometido a la ley y al derecho y esto tiene que tener su traducción en una reducción de la pena impuesta", ha estimado el magistrado, que ha añadido que concurre una atenuante muy cualificada porque "es realmente anómalo que en este tipo de delitos se repare el daño".

El fiscal Anticorrupción Emilio Sánchez Ulled se ha congratulado de que Ricard Pagès, Santiago Abella, Joan Caellas y Manuel Troyano hayan reconocido los hechos y hayan procedido al reintegro de 28,6 millones de los 31,6 que se adjudicaron en pensiones, lo cual no ha evitado que mantuviera sus penas de cárcel, a las que se había adherido también la acusación ejercida por el FROB.

Sin embargo, el abogado del Grupo BMN ha decidido modificar sus conclusiones y ha rebajado su petición de cárcel a dos años a Pagès y de uno para el resto como colaboradores necesarios, al tiempo que ha mostrado su "satisfacción porque se haya podido reconocer los hechos" y "devolver al contribuyente lo que era suyo" en lo que ha calificado de un "gran día para la administración de Justicia".

También el letrado de la Fundación Pinnae ha considerado que el daño había sido reparado y rebajaba a uno y dos años su petición de cárcel para los exbanqueros.

De esta forma, los cuatro exdirectivos de la caja catalana han conseguido atenuar sus penas y evitar el ingreso en prisión, al carecer de antecedentes penales y contar con unas condenas no superiores a los dos años.

En una nota de prensa, la Fiscalía ha explicado que la resolución contra Ricard Pagès, Santiago Abella, Joan Caellas y Manuel Troyano "ha sido declarada firme en el acto, ya que ninguna de las partes ha manifestado su intención de recurrir dicha sentencia, pues en definitiva impone penas dentro de los márgenes legalmente aplicables".

Y ha insistido en que su postura, apoyada por el FROB a través de la Abogacía del Estado, implicaba el "ingreso en centro penitenciario", un extremo "ajustado a la gravedad de los hechos".


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