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La Seguridad Social ha abonado en agosto casi 200 millones de euros en ayudas a los autónomos

La Seguridad Social ha abonado en agosto casi 200 millones de euros en ayudas a los autónomos
(Foto: Caixabank)
miércoles 01 de septiembre de 2021, 10:21h

La crisis del coronavirus continúa y muchos autónomos siguen precisando las ayudas que el Gobierno destinó al colectivo para paliar los efectos. Según los últimos datos de la Seguridad Social, durante el mes de agosto se han abonado 198,6 millones de euros en ayudas a más de 226.000 autónomos.

Estas ayudas se han ido adaptando a la evolución de la pandemia gracias a sucesivos acuerdos con las asociaciones de autónomos. En los momentos más duros del coronavirus se llegó a proteger a más de 1,46 millones de trabajadores y trabajadoras por cuenta propia. Desde entonces, la nómina total abonada en concepto de estas prestaciones suma 7.372 millones de euros, a la que se suman otros cerca de 3.000 millones en exoneraciones de cuotas aplicadas a los trabajadores autónomos con ayudas.

La prestación para autónomos compatible con la actividad, destinada a aquellos trabajadores por cuenta propia que han visto disminuida su facturación de manera notable debido a los efectos del covid (cierres perimetrales, confinamientos, limitación de aforos...), ha llegado en agosto a más de 83.500 beneficiarios.

Por su parte, más de 141.000 ocupados van a recibir la ayuda que se diseñó para proteger a aquellos autónomos que no cumplen los requisitos para acceder a la prestación anterior (por ejemplo, por tener una tarifa plana o no tener el periodo de cotización necesario), como ya se contemplaba en el Real Decreto-ley 2/2021, de 26 de enero.

A medida que la situación de la pandemia mejora, lo hace la economía, y por tanto se va reduciendo el número de trabajadores autónomos que reciben las prestaciones por suspensión total o parcial de su actividad ya que se van levantando cada vez más restricciones.

Esta es la nómina estimada correspondiente para el mes de agosto:



Además de las prestaciones, las ayudas del Gobierno también recogen las exoneraciones en las cuotas a la Seguridad Social desde junio a septiembre para aquellos autónomos que hubieran recibido alguna de las prestaciones extraordinarias hasta el día 31 de mayo. En total, unos 220.000 trabajadores han podido beneficiarse de ello.

Esquema de ayudas


Las ayudas diseñadas para los autónomos se ampliaron hasta el 30 de septiembre tras el acuerdo con las asociaciones representativas del colectivo.

En el Real Decreto-ley 11/2021 del 27 de mayo se renovó la prestación extraordinaria por suspensión de actividad, dirigida a aquellos trabajadores autónomos con una suspensión temporal de toda su actividad como consecuencia de una resolución de las autoridades administrativas competentes para la contención de la pandemia.

La cuantía de la prestación se eleva al 70% de la base mínima de cotización. Además, el autónomo queda exonerado de pagar las cuotas a la Seguridad Social, aunque ese periodo le cuenta como cotizado y, en su caso, es compatible con ingresos del trabajo por cuenta ajena hasta 1,25 veces el SMI.

Además, se mantiene la prestación compatible con la actividad para aquellos trabajadores que, reuniendo el requisito de carencia para acceder a la prestación ordinaria de cese de actividad, cumplen dos exigencias adicionales: una, que su facturación del segundo y tercer trimestre 2021 caiga el 50%, frente al segundo y tercer trimestre de 2019; y dos, no haber obtenido durante el segundo y tercer trimestre 2021 unos rendimientos netos computables fiscalmente superiores a 7.980 euros.

Por su parte, quienes no cumplan los requisitos para acceder a esta prestación ni al cese ordinario, podrán solicitar una prestación extraordinaria en los mismos términos que se establecieron en el Real Decreto-ley anterior. La cuantía de la prestación es del 50% de la base mínima de cotización e igualmente está exonerado de abonar las cuotas y computa como cotizado.

Los requisitos son acreditar una caída de ingresos del 50% (los ingresos del segundo y tercer trimestre de 2021 deben ser inferiores a los del primer trimestre de 2020) y no tener unos rendimientos netos computables en esos seis meses de 2021 superiores a 6.650 euros.

Por último, también se mantiene, adaptando el periodo de referencia que se amplía a siete meses, la prestación para autónomos de temporada, que es del 70% de la base mínima y requiere no tener ingresos superiores a 6.650 euros en el segundo y tercer trimestre de 2021.

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