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Te contamos cómo evitar que te ocupen la vivienda y qué hacer en su caso

Te contamos cómo evitar que te ocupen la vivienda y qué hacer en su caso
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jueves 23 de julio de 2020, 20:14h

El estado de alarma y el confinamiento de la ciudadanía han impedido que muchos propietarios pudieran desplazarse a sus segundas residencias. Dicha coyuntura la han aprovechado los okupas que se han colado en estas casas conscientes de que sus dueños nos podían acercarse hasta ellas y que, por lo tanto, difícilmente se percatarían de su presencia.

Lo cierto es que a lo largo y ancho del mapa español se suceden los casos de propietarios que al desplazarse a sus fincas tras el fin del estado de alarma se han llevado la desagradable sorpresa de descubrirlas ocupadas por desconocidos.

Tanto es así que ya están surgiendo seguros de hogar que ofrecen la posibilidad de indemnizar a los dueños por los posibles actos vandálicos y acciones tumultuarias que incluirían los daños producidos por los okupas.

Pero ¿qué debemos hacer si al desplazarnos hasta nuestra casa la hallamos ocupada? Llegado el caso, debemos llamar de inmediato a la policía e interponer una denuncia con el objetivo de que desalojen la vivienda. Si tenemos la relativa suerte de que la ocupación sea reciente (las primeras 24 o 48 horas) se considerará un allanamiento de morada, tipificado como delito en el Código Penal, y la policía podría entrar en el domicilio sin necesidad de requerimiento judicial.

No obstante, transcurrido este tiempo es cuando surgen los problemas ya que los okupas habrán consolidado la ocupación y establecido su morada. De hecho, debemos tener presente lo que consagra el artículo 18.2 de la Constitución española que asegura que cualquier domicilio es inviolable y, en definitiva, ni siquiera la policía podría entrar en el mismo sin contar con la preceptiva orden judicial.

En este sentido, podríamos valernos de testigos que informen de cuándo se ha producido la ocupación, además de presentar toda la documentación que acredite que somos los dueños de la propiedad.

Pero es muy posible que esta opción fracase y no te quede otra que plantear una demanda judicial por la vía civil y, por lo tanto, entablar un largo proceso para recuperarla. Si la vivienda pertenece a una comunidad de propietarios, esta última puede alegar molestias y ruidos generados por las personas que han ocupado de manera ilegal la casa.

Es evidente que una okupación no es un plato de gusto. Por este motivo, crece la instalación de sistemas de alarma pues, además de disuadir a los infractores, impiden que transcurran esas trascendentales primeras horas en las que los okupas pueden obtener amparo legal.

Así, su funcionamiento es sencillo ya que una vez confirmado el allanamiento mediante detectores de movimiento y cámaras, se llama de inmediato a la policía y se desaloja a los okupas como si de cualquier otro ladrón se tratase.

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