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Santos Cerdán y José Luis Ábalos, en un acto
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Santos Cerdán y José Luis Ábalos, en un acto (Foto: PSOE)

Santos Cerdán seguirá en prisión provisional: el Supremo alega riesgo de destrucción de pruebas

Por Eva Cifuentes (Diariocrítico.com)
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ecifuentesdiariocriticocom/10/10/24
miércoles 23 de julio de 2025, 12:02h

El Tribunal Supremo ha confirmado que Santos Cerdán seguirá en prisión provisional por su papel en el 'caso Koldo'.

La sala de apelaciones del Alto Tribunal ha desestimado su recurso de apelación y ha enfatizado "el riesgo de destrucción de pruebas" por su "papel directivo y de control en la actividad criminal".

Al igual que el juez instructor, el tribunal comparte la valoración de que existe el riesgo de obstrucción de la investigación que justifica la medida cautelar de prisión.

Han resaltado su "papel directivo" en la trama y consideran que la decisión del magistrado está "racional, objetiva y detalladamente fundada".

Indicios poderosos

Frente a la alegación de la defensa de que la medida cautelar se ha adoptado sin que aparezcan elementos de criminalidad suficientes contra el investigado, la Sala ha indicado que los indicios recogidos en la instrucción sobre la actuación delictiva y la participación de Santos Cerdán en la trama "son nutridos y poderosos".

Han remarcado el "conjunto de conversaciones telefónicas protagonizadas por los propios investigados y que resultan claramente indicativas y confirmatorias de la realidad que se investiga, todas ellas encontradas en dispositivos electrónicos que se incautaron con ocasión de la entrada y registro efectuado en el domicilio de Koldo García".

También han señalado el análisis sobre numerosas adjudicaciones de obra pública que fueron otorgadas por el Ministerio de Transportes, siendo el investigado José Luis Ábalos su titular y Koldo García asesor de dicho departamento, a través de la Dirección General de Carreteras o de su entidad Administradora de Infraestructuras Ferroviarias (ADIF), que beneficiaron a la empresa Acciona Construcción, aun actuando en UTE con otras de menor envergadura, y cuando la adjudicataria no había presentado la mejor oferta económica, "sino que su oferta se había visto favorecida en la licitación por criterios de valoración subjetiva que estarían pervertidos".

Para los magistrados de la Sala, "el marco indiciario que se ha descrito desvela por sí solo la naturaleza de la actividad que se desplegó, así como el modo en que se desarrolló y cómo los investigados se repartían, de manera furtiva, unas cantidades portentosas e injustificadas de dinero, en un comportamiento que solo se muestra coherente con la actividad delictiva que se investiga".

Riesgo de destrucción de pruebas

El tribunal ha considerado que se dan todos los indicadores de riesgo de destrucción de pruebas que avalan la decisión del magistrado de dictar la prisión preventiva.

"Las conversaciones reflejan que Santos Cerdán impulsaba y hacía un seguimiento de la empresa a la que debían adjudicarse determinadas obras concretas. Desvelan que también era él quien pagaba a José Luis Ábalos y a Koldo García el dinero que les correspondía por las comisiones ilícitamente obtenidas. Se refleja de este modo, que era Santos Cerdán quien gestionaba y trasladaba la información de las empresas que habían comprometido el pago por determinadas obras públicas y que debían resultar beneficiadas con la adjudicación final, además de ser quien aparentemente conoció y validó unos mecanismos ocultos de pago que efectivamente se emplearon y que todavía se desconocen", señala la resolución.



Además, han recalcado que hay más riesgo que con el resto de investigados de destruir documentos, crear otros para justificar movimientos, conectarse con testigos e incluso de mover dinero. "Un riesgo que, por todas las razones que se han expuesto, no es en modo alguno apreciable con la misma intensidad respecto del resto de investigados".

Rechaza así los argumentos de la defensa de Cerdán que alegaban que se había vulnerado el derecho a la presunción de inocencia recordando que al estar en fase de instrucción basta con tener indicios racionales para decretar prisión preventiva.

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