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Oficina de la Seguridad Social
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Oficina de la Seguridad Social (Foto: Ministerio de Seguridad Social)

La Seguridad Social puede anular bajas o altas de los empleados de autónomos y pymes sin pasar por los juzgados

Por Eva Cifuentes (Diariocrítico.com)
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ecifuentesdiariocriticocom/10/10/24
martes 09 de septiembre de 2025, 11:16h
Última actualización: martes 09 de septiembre de 2025, 18:27h

Hasta ahora, cuando la Administración quería anular de oficio una baja o alta de un trabajador, debía acudir a un juzgado de lo Social. Pero una sentencia reciente del Tribunal Supremo abre la puerta a que este trámite lo puedan hacer sin tener que pisar los tribunales en los casos de empleados de autónomos o pymes.

Como recoge el diario 'Autónomos y Emprendedores', la sentencia refuerza así la autoridad de la Tesorería General de la Seguridad Social.

Los autónomos, los más afectados

Si considera que las altas o bajas laborales son indebidas, podrá anularlas de oficio sin precisar que un juez de luz verde. Una situación que, en el caso de los autónomos, puede suponer complicaciones económicas importantes.

Esta sentencia tiene su origen en un caso en el que la Seguridad Social había anulado 200 altas de trabajadores de una asociación al considerar que no existía una verdadera relación laboral. Se trataba de un grupo de personas que asistían a cursos de formación subvencionados, pero habían sido dado de alta como empleados. De esta forma, una vez acabasen los cursos, podían acceder a prestaciones.

El juzgado de Primera Instancia cuestionó la forma de proceder de la Seguridad Social al dar de baja dichas altas sin pasar por los tribunales. Tras elevar el caso al Tribunal Supremo, los magistrados han señalado que la Administración sí tiene la potestad para revisar de oficio estas altas (o bajas) y anularlas si tiene fundamento.

Los autónomos y empresas tendrán que pelear a posteriori

La sentencia confirma así el poder de decisión de la Administración en tema de bajas o altas de trabajadores.

Serán los autónomos o pymes quienes después tendrán que 'pelear' el asunto en los tribunales si lo estiman. Procesos que además de alargarse en el tiempo, implican costes.

La Seguridad Social no solo podrá actuar frente a errores formales en altas o bajas, sino que tiene potestad de actuación ante situaciones de dudosa legalidad, algo que hasta la fecha decidía un juez.

El marco es muy amplio, pues abarca desde altas simuladas con claros fines fraudulentos hasta colaboraciones dudosas o contratos formativos.

En resumen, la Administración podrá dar de baja administrativa a un trabajador y el autónomo o empresa tendrá que discutirlo después en los tribunales.

Aunque para que la Seguridad Social ejecute la baja tiene que argumentarla y deberá comunicarlo al afectado además de permitir las alegaciones pertinentes. No es un proceso automático y se deben cumplir ciertas garantías antes de dictar resolución.

Como apuntan varios profesionales en el citado medio, el riesgo para los pequeños negocios va más allá de la simple regularización administrativa, pues puede afectar directamente a su tesorería y a su acceso a programas de apoyo público.

Además, puede afectar a los propios trabajadores ya que en algunos casos se les puede exigir la devolución de las prestaciones.

Con esta sentencia algunos expertos creen que la Seguridad Social puede incrementar las inspecciones, pues el Supremo ha reforzado su autoridad.

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