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Las multas más habituales que la Inspección de Trabajo suele poner a los autónomos

Por Eva Cifuentes (Diariocrítico.com)
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ecifuentesdiariocriticocom/10/10/24
martes 11 de febrero de 2025, 12:34h

Llevar un negocio autónomo no es tarea fácil y es más fácil de lo que parece caer en errores que den lugar a una sanción de la Inspección de trabajo. De hecho, según los datos del Gobierno en 2023 se interpusieron 127.210 infracciones a autónomos.

Un incremento del 61% en comparación a 2022. Según recoge 'Autónomos y Emprendedores', las multas medias oscilan alrededor de los 4.000 euros, aunque existen infracciones graves que pueden suponer una cuantía mucho más elevada.

La Inspección puede sancionar a los autónomos por diversas cuestiones: temas relacionados con errores en las cuotas, errores en los contratos, infracciones administrativas...y un largo etcétera.

Pero según los técnicos del departamento, aunque se puede sancionar por multitud de factores, se suelen repetir los mismos.

Los errores de los autónomos por los que más multas reciben

Jesús Prieto, vocal del Sindicato de Inspectores de Trabajo y Seguridad Social (SITSS), ha detallado al mencionado diario los motivos más comunes de sanción por parte de la Inspección de Trabajo:

  • Falta de elaboración de un plan o poner a disposición de los trabajadores las medidas de seguridad adecuadas
  • Horas extra no abonadas al trabajador
  • Incumplimiento en el registro de horario de los trabajadores
  • Impago de salarios
  • No haberse dado de alta como autónomo
  • Cotizar en un régimen inferior al que se debería (infracotización)
  • Recibir prestaciones para las que no se cumplen requisitos

La mitad de las sanciones se enmarcan en el ámbito de la prevención de riesgos laborales. Prieto ha detallado que hay diferentes infracciones en función de si el inspector acude tras un accidente o cuando no ha habido ninguno.

Cuando se ha producido algún problema y acude la inspección, las sanciones habituales son por un protocolo inadecuado o que el empresario no ha puesto los medios de seguridad necesarios a disposición de los trabajadores.

Pero también ha enfatizado en la importancia de detallar bien las tareas a desempeñar en el puesto, una obligación que "es una de las más desconocidas por los pequeños negocios y muchas sanciones se deben a esto. También muchas sanciones vienen por que los negocios no brindan la formación obligatoria a sus empleados".

Y otra infracción que encuentran más de lo que se cree, es la denominada "connivencia", que es cuando un empresario contrata a un trabajador para facilitar que este acceda a unas prestaciones concretas y después le despide, sin que realmente haya hecho un trabajo efectivo. Por ejemplo, contratar a una persona (generalmente conocida o allegada) durante pocos meses hasta que tenga derecho a la prestación por desempleo.

"Esto se considera fraude a la Seguridad Social y es fácil de destapar, puesto que basta con pruebas indiciarias. Es decir, con que recabemos algún testimonio y veamos indicios de que el empleado no ha trabajado realmente en la empresa, bastaría para sancionar", ha advertido.

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