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12 situaciones en las que los autónomos tienen bonificadas sus cuotas en 2024

Oficina de la Seguridad Social
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Oficina de la Seguridad Social (Foto: Ministerio de Seguridad Social)
Por Eva Cifuentes (Diariocrítico.com)
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ecifuentesdiariocriticocom/10/10/24
lunes 22 de enero de 2024, 11:44h

La tarifa plana es la bonificación para trabajadores autónomos más conocida, pero no la única. De hecho existen 12 supuestos en los que la Seguridad Social bonifica a los trabajadores por cuenta propia.

Cada autónomo tiene que abonar a la Seguridad Social una cuota mensual que gracias a la última actualización de los tramos de cotización, la cantidad varía en función de los ingresos.

Para intentar ayudar a los nuevos emprendedores existen una serie de ayudas que minimizan o eliminan estas cuotas mensuales durante un tiempo.

La tarifa plana de 80 euros o la cuota cero que han implementado algunas comunidades son las más conocidas, pero existen más.

10 bonificaciones para autónomos que conviene conocer

Según recoge el diario 'autónomos y emprendedores', la Seguridad Social ha recordado los otros 10 supuestos en los que un autónomo puede recibir bonificaciones en sus cuotas mensuales.

Una ayuda importante en estos tiempos de incertidumbre económica que van desde el 25% hasta el 100% de la cuota:

1. Descanso por nacimiento, adopción, guarda con fines de adopción, acogimiento, riesgo durante el embarazo y riesgo durante la lactancia natural

En todas estas situaciones se puede solicitar la bonificación del 100% de la cuota de autónomo.

La devolución se calcula sobre la base media del último año del trabajador o desde que se diese de alta si lleva menos de 12 meses en el RETA.

2. Reincorporación tras nacimiento del hijo

El padre o la madre autónoma que se reincorpore a su actividad tras el nacimiento de su hijo (ya sea en adopción, acogida o tutela) podrán acogerse a una cuota fija de 60 euros mensuales durante 2 años.

*Si cotizan por una base superior a la mínima del RETA, la bonificación será sobre el 80% por contingencias comunes.

3 Cuidado de menores por enfermedad grave

El autónomo que tenga que cuidar de un hijo con cáncer o una enfermedad grave tendrá una bonificación del 75% de la cuota por contingencias comunes.

Se toma la media de la base de los últimos 12 meses para decretar la cantidad.

4. Ser autónomo en Ceuta o Melilla:

Los trabajadores por cuenta propia que desarrollen su actividad en Ceuta o Melilla disfrutarán de una bonificación del 50% en sus aportaciones a las cuotas de la Seguridad Social por contingencias comunes, recaudación conjunta de desempleo, formación profesional y fondo de garantía salarial.

Se aplicará a los autónomos de los siguientes sectores: Agricultura, Pesca y Acuicultura; Industria, excepto Energía y Agua; Comercio; Turismo; Hostelería y resto de servicios.

5. Compatibilizar con otro trabajo

AutónomaLos nuevos autónomos que tengan otro empleo por cuenta ajena (asalariados) pueden elegir entre disfrutar de la tarifa plana o una bonificación específica por pluriactividad.

Si el trabajo asalariado es a jornada completa:

Primeros 18 meses: hasta el 50% de la base mínima de cotización pudiendo optar así por la base de 466,35 euros.

Segundos 18 meses de alta: hasta el 75% de la base mínima, quedándose en 699,50 euros.

Si el trabajo es a tiempo parcial:

Primeros 18 meses: hasta el 75% de la base mínima de cotización (699,50 euros)
Segundos 18 meses: hasta el 85% de la base mínima (792,7 euros)

6. Familiar colaborador

Los nuevos autónomos que se den de alta como familiares colaboradores tendrán bonificadas las cuotas durante 2 años.

Los primeros 18 meses tendrán un 50% y los 6 restantes la bonificación será del 25%.

7. Familiar del dueño de una explotación agraria

Los familiares del titular de una explotación agrícola que se den de alta como autónomos tendrán bonificadas las cuotas durante 18 meses.

Disfrutarán de un 50% de la base por contingencias comunes de la cuota mínima.

8. Contratación para la conciliación

Aquellos autónomos que contraten a una persona para llevar el negocio durante el tiempo que se tienen que ausentar para cuidar a un familiar (temas de conciliación) tendrán bonificaciones en las cuotas.

Hasta el 100% si contrata a jornada completa y del 50% si contratan a una persona a tiempo parcial.

9. Ser jubilado y autónomo

Los autónomos que accedan al régimen de jubilación activa estarán exentos de pagar las cuotas a la Seguridad Social si cumplen estos requisitos:

Tener 65 años y 38 años y 6 meses de cotización o tener 67 años, y 37 años de cotización.

10. Autónomos artistas

Los autónomos inscritos en el régimen de artistas tendrán una base de cotización de 526,14 euros mensuales, lo que permitirá que su cuota mensual sea de 161 euros al mes en vez de los 230 actuales de la base mínima.

Sólo podrán acogerse a esta cuota los que tengan unos ingresos anuales por debajo de 3.000 euros.

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