Los jueces tendrán potestad para reducir la deuda de los desahuciados
Adiós al estar 'hipotecado' por 50 años: el Gobierno limitará por ley el plazo de las hipotecas
> El plazo máximo será de 30 años
miércoles 30 de enero de 2013, 17:33h
Los jueces tendrán potestad para reducir las deudas que les quedan
pendientes a las familias víctimas de desahucios si el banco obtiene una
plusvalía al vender la vivienda, y además se limitarán los intereses de
demora y se fijará en 30 años el plazo máximo para conceder hipotecas
para vivienda habitual.
Así lo ha afirmado este miércoles el ministro de Economía, Luis de
Guindos, durante su intervención ante el Pleno del Congreso para
defender el proyecto de ley de Medidas Urgentes par reforzar la
protección a los deudores hipotecarios.
De Guindos ha avanzado así algunos de los cambios que el PP
propondrá durante el plazo de enmiendas parciales para este proyecto de
ley, con el objetivo de "mejorar la normativa porque la dramática
situación que atraviesan muchas familias españolas merece el mayor
esfuerzo y entendimiento de todos".
Reforma de la ley hipotecaria
En este sentido, se reformará la Ley Hipotecaria y la regulación
del mercado para "equilibrar la posición de las partes" respecto de
asuntos como las exigencias de cláusulas, tasaciones e intereses de
demora. En concreto, se limitarán los intereses de demora a tres veces
el interés legal del dinero para "evitar el crecimiento desorbitado de
la deuda y facilitar que los deudores puedan afrontar el pago".
Además, se "reforzará la independencia" de las sociedades de
tasación, limitando la presencia los bancos en su accionariado del 25 al
10%, y se "endurecerán los supuestos de infracción". Las entidades de
crédito tendrán asimismo que "aceptar cualquier tasación homologada de
un bien que aporte el cliente" y el incumplimiento de este precepto será
sancionable, lo que "incrementará la competencia y objetividad del
mercado de las tasaciones".
El Consejo de Consumidores y Usuarios y otras autoridades
administrativas estarán facultadas además para "requerir al Banco de
España que inicie un procedimiento sancionador contra una tasadora".
Subastas y ventas extrajudiciales
Por otra parte, la Ley Hipotecaria incluirá una reglamentación
para la venta extrajudicial de las viviendas, que hasta ahora
"suscitaban problemas de legalidad", incluyendo la posibilidad de
realizar "subastas extrajudiciales online" con un procedimiento "mucho
más garantista que agilizará la resolución de las ejecuciones y aliviará
la carga de los juzgados". "Queremos reducir la demora habitual de las ejecuciones judiciales
que, además, provocan una acumulación de intereses en perjuicio del
deudor" ha precisado el ministro, subrayando asimismo que se modificará
la Ley de Enjuiciamiento Civil para mejorar los procesos y conseguir una
"ejecución más ágil" que "evite que las viviendas se vendan o
adjudiquen por valores inferiores al de tasación".
En este sentido, se permitirá que si tras la ejecución de la
hipoteca al deudor de buena fe le restara deuda por pagar, el juez
tendrá la potestad de decidir si se amortiza hasta el 65% máximo del
total hasta el quinto año desde la ejecución o del 80% en diez años. "Y
si la entidad financiera obtiene una plusvalía con la venta del bien en
esos diez años el juez podrá exigir que el 50% de esa plusvalía se
reduzca de la deuda", ha añadido De Guindos.
Con el mismo fin, también se propondrá facilitar el acceso de los
postores a las subastas "por ejemplo, rebajando los requisitos" como el
aval necesario para pujar, que caerá del 20 al 5% del valor de tasación;
ampliar de 20 a 40 días el plazo para que el adjudicatario encuentre
financiación o impedir que el precio de subasta sea inferior al 75% del
precio de tasación en escritura. "Si la subasta concluye sin postor, el
porcentaje de adjudicación para el banco subirá del 60 al 70% de la
tasación", ha añadido el ministro.
Prudencia financiera
Por otra parte, se cambiará la Ley de Enjuiciamiento Civil para
que no se pueda iniciar el procedimiento de ejecución hipotecaria hasta
que se hayan producido tres impagos, y se adoptarán medidas adicionales
de "prudencia financiera" como limitar a 30 años el plazo máximo para
conceder hipotecas de vivienda habitual.
También se sugerirá cambiar la redacción sobre algunas cláusulas
"especialmente complejas" como las cláusulas suelo, las hipotecas
multidivisa o los 'swaps' de intereses. En este sentido, además de hacer
constar en la escritura que el notario ha informado expresamente al
deudor de la existencia de esos componentes, también se exigirá una
aceptación manuscrita de su aceptación.
Según De Guindos también se avanzará en un "mayor equilibrio" para
que las cláusulas puedan actuar proporcionalmente en perjuicio o en
beneficio de ambas partes, "y no de forma desequilibrada como
actualmente", si bien no ha precisado cómo se garantizará este objetivo.
Código de buenas prácticas
Finalmente, la intención del Gobierno durante la tramitación
parlamentaria de este proyecto también se buscará perfeccionar el Código
de Buenas Prácticas aprobado hace un año ya que, aunque "ha tenido
buenos resultados" tiene capacidad de mejora.
En este sentido, De Guindos ha afirmado que entre marzo y
diciembre se presentaron 1.500 solicitudes de aplicación de las medidas
incluidas en el Código --reestructuración de la deuda, quita o dación en
pago--, de las cuales casi 800 fueron aceptadas. De ellas, en 317 casos
se optó por la reestructuración viable de la deuda y en 78 casos se
llegó a la dación en pago.
Según el ministro, el recurso a estas opciones se ha ido
incrementando con los meses, por lo que si durante el primer trimestre
de vigencia del Código se reclamaron 44 reestructuraciones y ocho
daciones en pago, en el último trimestre de 2012 se llegó a las 140
reestructuraciones y 36 daciones.
No obstante, el Gobierno cree que es conveniente ampliar los
umbrales de exclusión que en su momento se fijaron para poder acceder a
estas opciones, por lo que se elevarán los límites de los préstamos que
se pueden acoger y se podrán modificar "en función de las cargas y
circunstancias familiares".
Además, si el banco rechaza el plan de refinanciación propuesto
por un deudor deberá justificar por qué, y se moderarán los intereses de
demora del 20 al 10% en los casos de impago del alquiler tras la dación
en pago. Con respecto a la comisión de seguimiento de este Código de
Buenas Prácticas, se ampliará el número de miembros "para que sea más
plural y representativo".
Fondo social de alquiler
De Guindos también se ha referido al Fondo Social de Alquiler para
los desahuciados que el Gobierno ha constituido con la participación de
los ministerios de Fomento, Economía y Sanidad, del Banco de España, de
la FEMP, de la Plataforma del Tercer Sector, de las patronales
bancarias y de 33 entidades que aportan de momento unas 6.000 viviendas.
Estos pisos "están a disposición de las familias desalojadas por
impago de préstamos hipotecarios", que podrán acceder a viviendas
propiedad del banco con el que tienen la deuda. "Así tienen a su
disposición una alternativa real hasta que sus circunstancias económicas
mejoren", ha dicho De Guindos, recordando que el coste será "muy
razonable": de entre 150 y 400 euros mensuales, siempre que no se supere
el 30% de los ingresos netos totales de la familia.
Para hacer viable esta opción, se modificará la Ley de
Arrendamientos Urbanos con el objetivo de ampliar a dos años -prorrogables por un tercero- los contratos derivados del Fondo, y se
obligará a los servicios de atención al cliente de las entidades que
atiendan las reclamaciones relacionadas con este servicio. "Este primer año de Gobierno hemos dado respuesta al drama de los
desahucios, perfeccionando y reforzando el marco de protección a los
deudores. Y estoy convencido de que dentro, de las enmiendas que
presenten los grupos, podremos encontrar importantes puntos de
encuentro. Es la voluntad del Gobierno y seguro que también la de todos
los grupos, porque una situación como ésta no requiere menos", ha
concluido el ministro.