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Los niños de San Ildefonso se salvan de la criba por la utilización 'ludópata' de los menores

Los niños de San Ildefonso se salvan de la criba por la utilización 'ludópata' de los menores

viernes 10 de abril de 2015, 18:50h
El Gobierno prohibirá la utilización de imágenes o la voz de menores en los anuncios de juegos y sorteos, medida que incluirá también posibles campañas del 'Gordo' de Navidad con los niños de San Ildefonso, según recoge el borrador del Real Decreto para regular las comunicaciones comerciales del juego y juego online.
En el texto aún en fase de información pública, se especifica esta prohibición con el añadido de que tampoco podrán aparecer en estas comunicaciones "personas caracterizadas para parecer menores de edad o de edad indeterminada" e, incluso, estarán vetados argumentos, tipografía o imágenes "asociados a la cultura infantil y juvenil".

En cualquier caso, el documento también incluye una disposición adicional de 'régimen en determinados sorteos de Lotería' por la que se aclara que "no se considerarán incompatibles" con el principio de protección de menores la participación de los niños de San Ildefonso en la celebración de los sorteos de Lotería Nacional "en que tradicionalmente viniesen participando" ni la denominación 'Sorteo de El Niño'.

Fuentes del Ministerio de Hacienda ha explicado que con este Real Decreto se clarifican diferentes situaciones relacionadas con la publicidad en el juego, que hasta ahora no estaban reguladas, como la prohibición del uso de menores en publicidad, especificando, en cualquier caso, que esta limitación no es incompatible con la participación de los niños de San Ildefonso en los sorteos de Lotería Nacional.


El borrador también contempla otras prohibiciones con menores de por medio en el apartado de patrocinios, ya que este tipo de comunicación no podrá estar en acontecimientos deportivos o retransmisiones en las que participen niños y se tendrá que tener en cuenta también las limitaciones horarias en los medios audiovisuales.

Personajes famosos

En líneas generales el texto prohíbe la aparición en las comunicaciones comerciales de actividades de juego de "personas o personajes famosos o de relevancia o notoriedad pública, reales o de ficción, que tengan un atractivo especial y diferenciado para el público infantil o juvenil".

Así, únicamente será admisible la aparición de personas "famosas" cuando las mismas protagonicen un mensaje de juego responsable en la propia comunicación comercial y, adicionalmente, no se haga una asociación directa entre "la actividad de juego y el éxito, relevancia o notoriedad" de quienes lo promocionan.

En cuanto a los concursos en televisión y radio, establece que la información sobre el precio de la participación deberá ofrecerse en la invitación a participar y durante todo el tiempo en que se realice la promoción o publicidad del concurso.

En este sentido, la información deberá presentarse sobreimpresa "de forma estática y en caracteres adecuados para su perfecta visualización o percepción", y su tamaño no será menor que el empleado para informar del medio de participación o, en su caso, pago de la misma.

Sin cotizaciones en las retransmisiones deportivas

Por último, también se incluye un apartado para las retransmisiones en directo de acontecimientos deportivos o hípicos, que podrán emitir comunicaciones comerciales de apuestas desde su inicio hasta el final, incluidos los descansos e interrupciones reglamentarios.

No obstante, en estos casos los hechos apostables que sirvan de base a las apuestas deberán estar relacionados con el acontecimiento que se retransmita o con otros acontecimientos que se encuadren en la misma competición deportiva.Asimismo, el contenido y presentación del mensaje publicitario se tendrá que limitar a la identificación del operador, a la posibilidad de realizar apuestas y, en su caso, a los hechos apostables concretos objeto de apuesta, sin incluir "información concreta sobre premios o cotizaciones de la apuesta".

El decreto también recoge varios principios generales en relación al juego, como que se puede realizar esta actividad de forma segura, pero siempre respetando las reglas establecidas, así como la debida protección de determinados colectivos, imponiendo limitaciones horarias.
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