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El Gobierno español sigue buscando herramientas para evitar el fraude fiscal mediante cooperación con otros países

jueves 12 de mayo de 2016, 18:38h
La combinación de la AEAT con la declaración de la renta y los bienes en el extranjero puede ser explosiva. El gobierno español sigue buscando herramientas para evitar el fraude fiscal mediante la cooperación con otros países. Algunos contribuyentes por descuidos o falta de conocimiento pueden encontrarse con algún susto si no cuenta con la correcta ayuda de despachos especializados en materia fiscal como Foster Swiss

Los residentes españoles que vivan tanto dentro como fuera de España están obligados a declarar sus bienes y sus ingresos a la Agencia Tributaria hasta el 30 de Junio. Sin embargo, si llevas más de 183 días fuera de las fronteras españolas no tienes obligaciones con la Hacienda Pública a no ser que recientemente hayas trasladado tu residencia a uno de los países considerados paraísos fiscales por el Gobierno español. La lista se puede consultar en el Artículo 1 del Real Decreto 1080/1991.

De esta forma, se seguirá declarando a Hacienda en el ejercicio en el que se produzca el cambio de residencia a un paraíso fiscal y en los cuatro siguientes. Por ejemplo, un español que haya trasladado su residencia en 2015 a Gibraltar continuará con obligaciones con el fisco español hasta el 2019, al contrario que un español que se haya trasladado a Andorra, debido a que este país ha salido recientemente de la lista de paraísos fiscales tras firmar un acuerdo bilateral con España.

Todos los españoles que residan en paraísos fiscales o en España y tengan activos fuera de nuestras fronteras deberán presentar la declaración de bienes en el extranjero. Si no lo hacen se puede enfrentar a sanciones que ascienden al 150% del valor de lo no declarado. Es decir, Hacienda confisca los bienes y obliga a pagar una cantidad adicional. Es recomendable presentar esta documentación en los plazos previstos por la Agencia Tributaria rellenando el modelo 720 si el valor de los bienes en el extranjero es superior a 50.000 euros.

Hace unos meses la Comisión Europea dio un toque de atención al fisco español, no por requerir la información fiscal de sus contribuyentes en el extranjero, sino por las duras sanciones y el hecho de que este tipo de delitos no prescriban. Todo ello, pone de manifiesto que se está contradiciendo a la normativa europea en esta área. Sin embargo, en estos momentos es la única herramienta de la que dispone el Gobierno para luchar contra el fraude fiscal tras el famoso proceso de amnistía fiscal o regularización extraordinaria que se realizó en el 2012.

Gracias al modelo 720 se averiguó, en su primer año vigente (2013) que la mayoría de los activos en el extranjero se encontraban en Suiza y Luxemburgo en forma de títulos, valores y acciones de empresas, o bien, participaciones en fondos de inversión colectiva.

Es por esto, que España está muy interesada en firmar diferentes acuerdos de intercambio de información fiscal con Suiza. De hecho, ya firmaron un Convenio para evitar la doble imposición que entró en vigor en 2014. Hace pocos días el Secretario de Estado de Hacienda, Miguel Ferre, se reunió con el Secretario de Estado para Asuntos Financieros de Suiza, Jacques de Watteville, para seguir mejorando la cooperación en el ámbito fiscal entre ambos países.

En un futuro próximo puede que el modelo 720 sea irrelevante ya que, si los contribuyentes no declaran su patrimonio en el extranjero, se arriesgan a ser descubiertos con más facilidad gracias a un acuerdo multilateral promovido por la OCDE (Organización para el Comercio y Desarrollo Económico). Este acuerdo fue ratificado por más de 50 países en octubre de 2014 durante la celebración del Foro Global sobre Transparencia e Intercambio de Información Tributaria. Si no hay contratiempos este Intercambio Automático de Información entrará en vigor en 2017. Suiza se comprometió a implantarlo en 2018.

La necesidad de negociar con Hacienda
Si no se declaran las rentas del extranjero y se pretende regularizar nuestra situación, la ayuda de despachos especializados en materia fiscal como Foster Swiss es fundamental. Ofrecen servicios de asesoramiento y ayuda con todos los trámites para la regularización de sus bienes o capital en el extranjero, realizando una exhaustiva evaluación previa de su caso, estrictamente confidencial, una planificación de la mejor actuación ante el organismo regulador, la AEAT (Hacienda) y la posterior negociación con el mismo hasta la obtención de un acuerdo.

Además de asesoramiento, se puede encontrar un servicio defensa jurídica y de mediación con la AEAT que garantice la mejor estrategia de planificación fiscal con lo que se evitan costosas multas y hasta penas de prisión que oscilan entre los 3-8 años.

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