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Un usuario con Whatsapp en su móvil
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Un usuario con Whatsapp en su móvil (Foto: Pixabay)

¿Puede una empresa revisar los mensajes de WhatsApp de sus trabajadores?

miércoles 27 de septiembre de 2023, 18:49h

¿Puede una empresa revisar los mensajes de Whatsapp de sus trabajadores? ¿Se puede despedir a un trabajador por Whatsapp? ¿Es legal mandar mensajes de trabajo por esta red social fuera del horario laboral? El uso de herramientas de mensajería instantánea es algo muy común en el trabajo y cada vez existen más sentencias que van poniendo coto a cómo pueden utilizarla empresas y empleados, pero ¿dónde están los límites?

Aunque el móvil pertenezca a la empresa y hayan informado de que pueden revisarlo, y aunque se utilice Whatsapp para el trabajo, tiene que existir un motivo para que un superior pueda conseguir acceso al contenido de esos mensajes. Un ejemplo es si se investiga un fraude y no tiene otros medios. Una sentencia del TSJM ha concluido que, en este caso, no hay vulneración del secreto de las comunicaciones ni del derecho a la intimidad.

En ese mismo contexto, el Tribunal Superior de Justicia de Madrid (TSJM) ha avalado a una empresa que revisó los mensajes de Whatsapp de una empleada para tratar de saber si estaba cobrando comisiones directamente de sus clientes. En este caso, el órgano no piensa que se vulnere su intimidad ni tampoco el secreto de las comunicaciones.

"También se tiene en cuenta el numero de personas con acceso y las veces que se tiene ese control", ha explicado a RTVE Jacobo Martínez, responsable del Departamento de Derecho Laboral y fundador de Eversheds Sutherland.

Mensajes de Whatsapp fuera del horario laboral

Otra duda que surge muy importante es si la empresa puede despedir a través de un mensaje de WhatsApp. El Estatuto de los Trabajadores es tajante y asegura que se tiene que hacer por escrito, mediante una carta donde se especifiquen los motivos. Además, hay que hacerlo de forma fehaciente, es decir, sin dejar dudas de quién envía y quién recibe esa comunicación.

Los expertos comentan que no es recomendable, ya que se podría declarar improcedente el despido. "Puede servir para un principio, pero hay que formalizarlo", indica Martínez, como una firma electrónica, un burofax.

Otra cuestión que aparece relacionada es el hecho de que un jefe mande mensajes del trabajo fuera del horario laboral del trabajador. "En mi anterior trabajo eran muchos y no podía descansar en mis vacaciones o en mi día libre", dice un hombre. "El encargado, después de cerrar el bar, me preguntaba ciertas cosas que podría preguntarme en mi horario laboral", comenta otro trabajador.

Esto, aunque es una práctica muy normal, no es denunciable. El problema aparece cuando hay consecuencias si no se responde con inmediatez, algo que, según los expertos, atenta contra el derecho a la desconexión digital. "Si esperas una respuesta del trabajador en un tiempo razonable vulneras el derecho a la desconexión digital", asegura Martínez.

Además, ¿pueden meter a un empleado en un grupo de Whatsapp del trabajo? Los expertos comentan que depende de cada caso, pero indican que el hecho de que una empresa solicite datos personales como el teléfono en el momento del contrato ya ha sido considerado por el Tribunal Supremo como abusivo.

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