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Joaquín Sabina, condenado a pagar 2,5 millones por derechos de autor a Hacienda
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(Foto: Joaquín Sabina)

Joaquín Sabina, condenado a pagar 2,5 millones por derechos de autor a Hacienda

miércoles 02 de agosto de 2023, 15:34h

El Tribunal Supremo no ha admitido el recurso del cantautor Joaquín Sabina contra la sentencia de la Audiencia Nacional que volvió a confirmar que tiene que pagar 2,5 millones de euros en impuestos por el IRPF de los años 2008, 2009 y 2010, en concepto de derechos de autor, cedidos a empresas familiares.

El tribunal no ha querido entrar a analizar el fondo del recurso al no apreciar un interés casacional que amerite el pronunciamiento de la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Supremo.

En este sentido, los magistrados han señalado que las cuestiones que plantea el recurso de Sabina "han de entenderse esencialmente resueltas" en la jurisprudencia del alto tribunal.

Contra esta decisión no hay recurso posible, por lo que el periplo judicial del artista termina aquí y ahora.

Era socio de 3 empresas que ganaron más de 12 millones en 3 años.

El cantante había reclamado al Supremo con la intención de que enmendara la sentencia de la Audiencia Nacional que en junio de 2022 dio su visto bueno a la Agencia Tributaria frente al recurso judicial de Sabina, que ya había intentado reclamar sin éxito por vía administrativa ante el Tribunal Económico-Administrativo Central (TEAC). La Abogacía del Estado también pedía la desestimación del recurso.

Junto a familiares, Sabina era socio o administrador de tres empresas: Ultramarinos Finos, Relatores y El Pan de Mis Niñas, desde las que gestionaba sus derechos de autor, inmuebles en Madrid y Rota, un velero y libros antiguos, según el inventario que se recoge en la sentencia, del pasado 13 de abril .

Durante los 3 años que aparecen en la inspección tributaria, esas tres compañías generaron más de 12 millones de euros en ingresos de explotación: "Todos estos ingresos tienen una relación directa con el demandante, ya sea por servicios facturados o por cobro de derechos de autor (cedidos por el demandante a la sociedad), con las actividades profesionales en las que la intervención" de Sabina "constituía el elemento esencial y personalísimo de la prestación del servicio correspondiente (realización de galas, 'royalties', ventas nacionales de discos, colaboraciones en prensa, etc.)".

En su defensa, Sabina dijo que no tenía relación con alguna de esas sociedades, si bien los magistrados de la Audiencia Nacional han citado sentencias del Tribunal Superior de Justicia de Madrid que declararon "inverosímil" ese argumento y que corroboraron que el cantante tuvo una tributación inferior a la que le correspondía por aplicación del valor normal de mercado, "lo que hubiera determinado un tipo de gravamen superior al del Impuesto sobre Sociedades, y un consiguiente aumento de la renta a imputar" al cantante por el IRPF.

Hacienda, en su liquidación a Sabina, decidió incrementarle la base imponible del IRPF después de que el cantante hubiera pagado menos tributos con sus empresas por el Impuesto de Sociedades.

Han sido muchos los que han aprovechado esta sentencia para recordar las palabras del artista diciendo que ya no era tan de izquierdas porque tenía "ojos y oídos".

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