www.diariocritico.com
Un mecánico trabajando
Ampliar
Un mecánico trabajando (Foto: Ideogram/DC)

Los trabajadores con incapacidad permanente ya no podrán ser despedidos de forma automática

miércoles 22 de mayo de 2024, 07:59h

El Gobierno ha aprobado la reforma del artículo 49.1.e del Estatuto de los Trabajadores, lo que evitará que los trabajadores que accedan a la situación de incapacidad permanente, total, absoluta o gran invalidez sean automáticamente despedidas, que es lo que sucede en la actualidad.

La vicepresidenta del Gobierno y ministra de Trabajo, Yolanda Díaz, afirmaba tras el Consejo de Ministros de ayer martes que "decirle a alguien que, porque sufre una discapacidad de carácter permanente en los distintos grados, tiene que ser despedido, supone la muerte civil de esta persona", algo que la reforma va a corregir.

A partir de ahora, la persona con discapacidad podrá elegir si quiere extinguir su relación laboral o si quiere permanecer en el puesto de trabajo, en cuyo caso será obligatorio que la empresa realice los ajustes razonables para adaptar su puesto.

El trabajador también podrá solicitar el cambio a otro puesto de trabajo vacante y disponible, acorde con su perfil profesional y compatible con su nueva situación.

El texto aprobado, que recoge el acuerdo alcanzado con el Comité Español de Representantes de Personas con Discapacidad (CERMI), especifica los criterios para determinar qué costes son asumibles para que las empresas ajusten los puestos y cuáles podrían sufragarse con ayudas o subvenciones públicas de manera parcial y total.

Blindaje

Para el Ministerio de Derechos Sociales esta medida supone un nuevo blindaje de los derechos de las personas con discapacidad y permitirá alinear nuestro marco laboral a los mandatos de la Convención de Discapacidad. El objetivo es ofrecer un empleo decente para las personas con discapacidad, eliminando una discriminación como la que suponía el despido automático en determinadas situaciones de discapacidad sobrevenida, priorizando opciones como la adaptación del empleo o el pase a otras funciones.

Ahora será obligatorio que las empresas realicen los ajustes que permitan a las personas con discapacidad ejerzan su derecho al trabajo, incluso si acceden a la situación de discapacidad con posterioridad al inicio de su actividad profesional.

El texto aprobado también establece los criterios que permiten determinar cuándo los ajustes necesarios constituirían un coste excesivo para la empresa valorando, de manera específica, si los gastos de adaptación pueden sufragarse con ayudas o subvenciones públicas de manera parcial o total y también, en su caso, si son razonables para el tamaño de la empresa.

Si quieres recibir más temas como éste, puedes suscribirte a nuestras alertas gratuitas de noticias de Whatsapp o Telegram. También tenemos un boletín gratuito de noticias que llegarán a tu e-mail. Además, nos puedes seguir en Google News.

¿Te ha parecido interesante esta noticia?    Si (0)    No(0)

+
0 comentarios