El conflicto con Irán ha sorprendido a muchos españoles de viaje por la zona y con el cierre del espacio aéreo muchos se han quedado atrapados.
Vuelos retrasados, cancelados, excursiones suspendidas...etc. El Gobierno ya ha comenzado a realizar algunas evacuaciones, pero todavía hay muchos esperando una solución. Se ha hablado mucho de la importancia de los seguros de viaje, pero, ¿cubren este tipo de situaciones? ¿Qué derechos tienen los viajeros que les ha sorprendido la guerra?
Los seguros excluyen los conflictos armados
Por lo general, las aseguradoras excluyen las guerras o los conflictos armados entre sus coberturas. Es decir, que si uno viaja a un destino en guerra, no se harán cargo de los daños o gastos derivados. Es una causa de fuerza mayor y las aseguradoras no se hacen cargo.
Aunque hay un matiz clave, que afecta a muchos de los españoles atrapados, y es que el conflicto estalle cuando el viaje ya se ha iniciado. No cubrirán todo, especialmente el apartado de indemnizaciones, ya que sigue siendo una situación de fuerza mayor extraordinaria, pero algunos mantienen activas las siguientes coberturas:
- asistencia telefónica y coordinación desde la aseguradora
- gastos por retrasos o interrupciones del viaje
- alojamiento adicional por cancelaciones de transporte
- cambios de vuelos o transporte alternativo
La repatriación o asistencia sanitaria algunas permiten activarse siempre que estén relacionadas con la salud del viajero, no para salir del país en cualquier situación.
En estos casos son los gobiernos quienes suelen gestionar las repatriaciones y evacuaciones, como ya está haciendo España.
Cabe recordar que cada póliza y cada aseguradora es diferente, por lo que conviene repasar las coberturas contratadas y los supuestos, ya que pueden variar.
Reclamaciones a las compañías aéreas
La OCU ha recordado que pese a la guerra, los derechos de los usuarios permanecen.
Han confirmado que la legislación exime a las compañías del pago de indemnizaciones, pero sí tendrán que resolver la situación para el viajero. Deberán reubicar cuando sea posible hacia el destino final sin coste o hacer el reembolso de los billetes al usuario, aunque si se elige esta opción se pierde el derecho a que la aerolínea pague los gastos de dietas y alojamiento hasta la reubicación en otro vuelo.
Los que acepten la reubicación, tendrán garantizada la estancia y las dietas hasta que puedan viajar en otro vuelo.
Aunque han matizado que el asumir los costes hasta la reubicación es obligatorio para las aerolíneas europeas, si son de terceros países, será su legislación la que lo determine.
De cara a futuros viajes, han recomendado no cancelar de manera precipitada, pues las cancelaciones voluntarias no están cubiertas (salvo disponer de un seguro de viaje que así lo permita). Es mejor esperar a que la compañía suspenda el vuelo y optar así por el reembolso.
En resumen, ante esta situación extraordinaria, las responsabilidades se reparten entre las aerolíneas y el seguro, pero es muy probable que el viajero tenga que pagar algún extra dada la situación extraordinaria.