www.diariocritico.com
Daños al hogar por lluvias
Ampliar
Daños al hogar por lluvias (Foto: Pixabay)

Daños tras la DANA, ¿qué cubren los seguros?

La DANA sufrida durante el fin de semana y que todavía hoy perdura en muchas regiones, ha provocado diversos daños materiales.

Tejados destrozados, casas inundadas, carreteras intransitables, vehículos con daños...y un amplio etcétera. Pérdidas que para muchos suponen un gran varapalo. En estos casos, ¿se podría reclamar al seguro? ¿qué daños están bajo la cobertura de las aseguradoras?

La Organización de Consumidores y Usuarios (OCU) ha recordado que, en el caso de daños extraordinarios causados por tormentas de lluvia y/o granizo de elevada intensidad, como las causados por la DANA, el Consorcio de Compensación de Seguros (CCS) se tiene que hacer cargo de las indemnizaciones para los vehículos y viviendas, siempre que estén previamente asegurados.

Por eso, en caso de sufrir un siniestro extraordinario, y siempre que el bien esté asegurado, la OCU recomienda comunicarlo a la aseguradora y también ponerlo en conocimiento del Consorcio lo antes posible.

Pero tal y como ha advertido, este no cubre todos los riesgos, aplica periodos de carencia e indemniza según lo contratado en la póliza privada. Se puede llamar al Consorcio por teléfono en el 900 222 665 o realizar los trámites directamente en su web.

En el caso de no ser considerado daño extraordinario, la organización ha remarcado que algunos fenómenos de la naturaleza sí están cubiertos por el seguro de hogar, de la comunidad o del vehículo y será la aseguradora quien se hará cargo de los daños sufridos en caso de tener contratada la cobertura.

Recopilar todos los datos del origen de los daños

En el caso de automóviles, se podrán reclamar los daños que no se consideren extraordinarios a las compañías de seguro los usuarios que tengan contratado un seguro de daños propios en la modalidad de todo riesgo (donde suelen estar cubiertos de forma expresa los daños por granizo, impacto o choque de objetos).

También cubrirá a quienes tengan un seguro con lunas, en caso de que hubiera rotura de ellas. En cualquier caso, si el granizo o las tormentas han causado daños, es importante revisar las condiciones del seguro y reclamar.

En las viviendas, algunos riesgos y fenómenos de la naturaleza (lluvia, granizo, etc.) sí están cubiertos por el seguro de hogar cuando, aunque no alcancen la magnitud de riesgo extraordinario, superan una cierta intensidad.

Si el siniestro es claramente extraordinario, debe comunicarse inmediatamente al Consorcio: www.consorseguros.es Si no está claro, debe comunicarse tanto a la aseguradora como al Consorcio.

En ambos casos, los afectados deben recopilar todas las pruebas para poder demostrar el origen y consecuencias del daño (como informes de agencias u observatorios meteorológicos, recortes de periódicos, fotos, informes de emergencias, policía, protección civil, bomberos...) y buscar testigos.

La OCU ha criticado que en muchas ocasiones a pesar de que en teoría los riesgos están cubiertos, los seguros no responden o retrasan y ponen trabas al pago de indemnizaciones por los siniestros. Si esto sucede, han instado a los consumidores a reclamar ante posibles incumplimientos de contrato.

Y han recordado también el derecho a los pasajeros de tren o autobús cuyo trayecto fuera anulado por la DANA a ser transportados a su destino lo antes posible o, si lo prefieren, a la devolución del importe del billete.

¿Te ha parecido interesante esta noticia?    Si (0)    No(0)

+
0 comentarios