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Bandera de la UE
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Bandera de la UE (Foto: Pixabay)

La Justicia europea reconoce la vulneración de los plazos para renovar el CGPJ

jueves 22 de junio de 2023, 13:05h

El asunto del bloqueo a la renovación del Consejo General del Poder Judicial (CGPJ) ha llegado a Europa.

Concretamente a Estrasburgo, donde el Tribunal Europeo de Derechos Humanos (TEDH) ha fallado a favor de los 6 jueces españoles que elevaron la situación a la Justicia europea.

En su sentencia, el tribunal ha señalado que se vulneró el plazo para la renovación del Poder Judicial español en 2018 y 2019.

Los 6 magistrados demandantes forman parte de la asociación conservadora Francisco de Vitoria y ante la situación en España por el bloqueo del PP, decidieron llevar el tema a los tribunales europeos.

Estaban en la lista de los 51 jueces candidatos para formar parte del CGPJ, pero ante la repetición electoral en 2019 y el posterior bloqueo, decidieron entonces presentar un recurso de amparo al Tribunal Constitucional español en 2021, pero fue rechazado alegando que se presentó fuera de plazo.

Violación del artículo 6 del Convenio Europeo de Derechos Humanos

La sentencia de Estrasburgo ha señalado que el Constitucional español no justificó los motivos por los que rechazaba el recurso de los jueces, por lo que ha considerado que no se respetó el derecho a una protección judicial y constituye una violación del Convenio Europeo de Derechos Humanos.

"Esta salvaguardia fundamental estaba estrechamente conectada, en las circunstancias del caso, con la garantía del respeto al procedimiento legal para la renovación de la composición del organismo de gobierno de los jueces y al funcionamiento mismo del sistema judicial", han puntualizado.

Pese a que dicho convenio no garantiza "el derecho a ser elegido" para un cargo, si ofrece garantías para que se lleve a cabo un procedimiento legal óptimo para que se examinen sus candidaturas, algo que no ocurrió.

"Lo que estaba en juego en el proceso presentado por los solicitantes no era su derecho a convertirse en miembros del CGPJ, sino su derecho a un procedimiento legal para el examen oportuno de sus candidaturas", han indicado.

Según la resolución, el Ejecutivo español alegó que el proceso de los 6 demandantes se refería a una cuestión "política" y no civil, por lo que defendían que no se aplicase dentro del Convenio de los Derechos Humanos.

Pero el tribunal ha sostenido que no han apreciado ninguna disputa política sino el cumplimiento del procedimiento y reclamar unos derechos que están contemplados en la normativa.

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