www.diariocritico.com

Una auditoria obligatoria puede ser un buen trago

martes 13 de enero de 2015, 18:17h
¿Preocupado por una auditoría de cuentas anuales? En la actualidad, es vital tener al día todas aquellas obligaciones empresariales de acuerdo a la legislación vigente.
/COMUNICAE/

"Una


Lejos de suponer un quebradero de cabeza, la idea de tener una auditoría obligatoria no es sólo la oportunidad de evitar problemas legales, sino que también confiere al empresario una visión lo más realista y actualizada posible de la situación del negocio en cuestión. Asimismo, de cara a los inversores, acreedores y demás figuras existentes alrededor del seno de una empresa, supone un plus de confianza ya que actúa como garantía.


No todas las firmas están sometidas a la verificación obligatoria de las cuentas anuales; sólo aquellas que reúnan dos de las tres condiciones que detallamos a continuación durante dos ejercicios consecutivos a la fecha de cierre. Y si es su caso, lo mejor es recurrir a profesionales:




  1. ¿El total de las partidas del activo es superior a los 2.850.000 euros?


  2. ¿El importe neto de la cifra anual de negocio rebasa los 5.700.000 euros?


  3. ¿Existen más de 50 trabajadores empleados durante el ejercicio?



Si ha contestado de forma afirmativa a dos o más de las preguntas anteriores, es necesario afrontar la auditoría. Pero no son los únicos casos: existen algunas condiciones especiales recogidas en las leyes vigentes que dictan su necesidad, como es la percepción de subvenciones por parte de alguna de las Administraciones o la Unión Europea, siempre y cuando su importe supere los 600.000 euros. También si su trabajo está orientado a los estamentos públicos, a través de servicios, suministros, consultoría... ; Si estas labores suponen más del 50% de su volumen de negocio, entonces está obligado a someterse a una auditoría. Y hay muchas otras razones:


  • Si así lo solicitan los socios de una sociedad


  • Si se trata de una fundación con un activo de más de 2.400.000 euros o más de 50 trabajadores


  • Por supuesto, siempre que haya un mandato judicial que así lo exija


Para conocer más detalles acerca de todos los requisitos, también puede consultar las disposiciones legales siguientes: la Ley de Auditoría de Cuentas, el Reglamento de la Ley de Auditoría de Cuentas y la Ley de Sociedades de Capital.


Este mecanismo de control de la empresa es una práctica perfectamente regulada y para ello existen profesionales especializados y regulados en el Registro Oficial de Auditores de Cuentas (ROAC). Si busca una buena gestión de su empresa y el asesoramiento necesario para su correcto funcionamiento, en UHY Fay & Co. Auditores Consultores le ayudarán.


Más información en ;http://www.asesores-auditores.es/


Fuente Comunicae

¿Te ha parecido interesante esta noticia?    Si (2)    No(0)

+
0 comentarios