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Los técnicos tributarios en Cataluña critican que los 'vaivenes' de la Administración tienen en el aire a 62.000 empresarios

Los técnicos tributarios en Cataluña critican que los 'vaivenes' de la Administración tienen en el aire a 62.000 empresarios
lunes 22 de febrero de 2016, 17:00h
La Asociación Profesional de Técnicos Tributarios de Cataluña y Baleares (APttCB) ha denunciado la rápida concatenación de modificaciones y supresiones de normas tributarias por parte de la Administración que ha generado una gran inseguridad a los contribuyentes. El último caso, la aplicación del Suministro Inmediato de Información (SII) debía entrar en vigor en enero de 2017, pero se ha pospuesto sin fecha dejando pendientes a 62.000 empresas afectadas.
Unas 62.000 empresas estarían afectadas por la aplicación del Suministro Inmediato de Información (SII), según calculan los técnicos tributarios catalanes (APttCB). La norma que supuestamente implicará la obligación de adaptar sus sistemas informáticos para poder enviar a tiempo real y por vía electrónica toda la información de sus facturas ha quedado en el aire con la consiguiente incertidumbre para los afectados.

La Administración ha decidido ‘congelar’ la norma que debía entrar en vigor en enero de 2017 en un nuevo ‘vaivén’ de sus decisiones tributarias, según denuncia APttCB.
“Si bien es cierto que las circunstancias políticas actuales pueden hacer que un proyecto legislativo de esta envergadura se retrase, la Administración en los últimos años viene cambiando y volviendo a cambiar normas y proyectos normativos que hace que los profesionales del asesoramiento tengan que advertir siempre a sus clientes si la norma no cambia o esto es lo que ha salido publicado hoy, mañana… El donde dije digo, digo Diego, ha pasado a ser habitual en la aplicación de las normas” asegura Xavier Masdéu, técnico tributario y responsable de comunicación de la asociación.

Los técnicos insisten en que este es sólo uno más de los vaivenes tributarios de la Administración que se suma a la postergación de las medidas que endurecían las exigencias de los módulos a través de la reforma fiscal del 2015, o los cambios en los presupuestos generales del Estado que han aumentado los límites previstos para los ejercicios 2016 y 2017.

Un caso aún más acuciante para los técnicos tributarios es el de las entidades sin ánimo de lucro. Estas entidades no tenían obligación de presentar impuesto de sociedades si, entre otros condicionantes, sus ingresos totales no superaban los 100.000 euros anuales. La reforma fiscal que entró en vigor el 1 de enero de 2015 tuvo en vilo a buena parte del tejido asociativo de este país. La Ley 27/2014 obligaba a todo tipo de entidades sociales, culturales, asociaciones cívicas y clubs deportivos a presentar, a partir del ejercicio 2015, la declaración del Impuesto sobre Sociedades, sí o sí. Sin embargo, el Real Decreto-Ley 1/2015 rectificaba esta norma y establecía la exclusión de la obligación de presentar la declaración en el Impuesto sobre Sociedades sin ánimo de lucro, también denominadas parcialmente exentas, y fijaba un límite de ingresos de 50.000€. En un nuevo giro de los acontecimientos, la Ley de Presupuestos para 2016 modificó de nuevo el límite a 75.000€ con efectos retroactivos para 2015. Por lo que en solo un año se ha pasado de un límite de 0 a 50.000€ y después a 75.000€.

“Ante este vaivén legislativo, los profesionales del asesoramiento tenemos serias dificultades para aconsejar a nuestros clientes en determinadas inversiones, ya que depende en muchos casos de las obligaciones fiscales y/o administrativas que la Administración exija”, asegura Xavier Masdéu.
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