Los movimientos de Hacienda suelen acarrear siempre bastante polémica, especialmente cuando se trata de multar o perseguir al contribuyente. En los últimos días se ha hablado mucho de que el fisco ha puesto las cuentas compartidas en el foco y que va a haber multas para las cuentas de padres e hijos, aquellas en cotitularidad. ¿Es cierto o es un bulo?
No es del todo cierto, ni tampoco falso. Hay matices. Hacienda puede multar este tipo de cuentas, eso es cierto, pero no todas, pues no son ilegales.
Todas las noticias alarmantes al respecto se basan en la Ley Tributaria y en la ley Ley 29/1987 del Impuesto sobre Sucesiones y Donaciones. Pero lo que realmente persigue Hacienda son las donaciones encubiertas, no las cuentas en cotitularidad por si mismas.
Es muy frecuente que los progenitores compartan cuentas con sus hijos, especialmente cuando estos son jóvenes. Pero también puede prolongarse esta situación por diferentes motivos, incluso por desconocimiento. Una cuenta en la que los padres son cotitulares de la cuenta de su hijo adolescente y cuando este ya es adulto y trabaja, la utiliza y gestiona él, pero sus padres siguen figurando en ella sin intervenir.
¿Qué multará Hacienda exactamente?
Lo que no está permitido a ojos de Hacienda es emplear este tipo de cuentas para enviar dinero de forma encubierta. Es decir, para ahorrarse el impuesto de donaciones o sucesiones.
Aquellos que empleen este tipo de cuentas para depositar dinero y que lo usen los otros titulares, por ejemplo, progenitores facilitando dinero a los hijos en estas cuentas, podrían recibir una sanción importante.
Pero no cantidades pequeñas, lo que hace saltar las alarmas suelen ser grandes cantidades, a partir de los 3.000 euros.
Por ejemplo, si un progenitor deposita 6.000 euros en la cuenta que comparte con su hijo y es este quien lo saca o lo gasta, a ojos de Hacienda se está beneficiando de una donación ilegal.
Las donaciones de dinero no tienen un mínimo, pero los movimientos bancarios superiores a 3.000 euros suelen despertar la 'curiosidad' de Hacienda. Aunque por lo general, las alarmas comienzan a sonar más en casos de depósitos y retiradas más cuantiosas, sobre los 6.000 o 10.000 euros así como las operaciones que involucran a billetes de 500.
Según la ley, toda donación está sujeta a impuestos, una tasa que debe afrontar quien recibe el dinero.
Multas cuantiosas
Si se emplea este tipo de cuentas para pasar dinero y evitar el pago de impuestos, Hacienda puede multar con entre el 50 y el 150% de la cantidad no declarada.
En la actualidad es fácil conocer el origen de los ingresos de dinero y quién lo retira o en qué lo gasta en una cuenta compartida, por lo que para el fisco no es complicado demostrar si se está utilizando esta herramienta bancaria para evadir impuestos.
Si se quiere donar dinero de forma legal en estas cuentas o de la forma que se quiera, lo mejor es declararlo a Hacienda mediante el modelo 651.