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La Comisión Europea retrasa la implantación de la MiFID II hasta 2018

viernes 08 de julio de 2016, 13:22h
El nuevo paquete de medidas que afecta a los mercados financieros será implantado en 2018. La prórroga es debida a la incertidumbre que se plantea entre los afectados por esta normativa. Foster Swiss, consultora financiera internacional desvela cuál será el mecanismo de implantación que se podrá observar en los próximos meses

El Consejo de la Unión Europea finalmente ha decidido retrasar la aplicación de la Directiva sobre Mercados de Instrumentos Financieros (MiFID) y la Regulación sobre Mercados de Instrumentos Financieros (MiFIR). Esta prórroga es debida a los duros desafíos que supone la implementación de esta norma que enfrena a los participantes de los mercados financieros, con las autoridades reguladoras nacionales (como la CNMV) sin olvidar a los organismos europeos.

Este aplazamiento tiene como objetivo preparar a los actores que se verán afectados por esta regulación. A través de la elaboración de planes de adpatación en las empresas se evitarán las incertidumbres jurídicas que pueda despertar esta medida.

Esta decisión de la Unión Europea otorgará a los organismos reguladores nacionales un tiempo más de prórroga para ir cumpliendo el nuevo marco regulador establecido a partir de la revisión de la Directiva de Mercados de Instrumentos Financieros (MiFID) que ya entró en vigor en 2007 en España y la Regulación de Mercados de Instrumentos Financieros (MiFIR). A ambas medidas se las conoce con el nombre colectivo de MiFid II. Este paquete de medidas entrará en vigor el 3 de Enero de 2018 por lo que es necesario que los participantes del mercado financiero puedan prepararse para cumplir los requisitos antes de esa fecha.

Para ello, los Estados miembros deberán transponer esta directiva a sus países basándose en los textos definitivos hasta el 3 de Julio de 2017. Como parte del proceso de implementación de la MiFid II la Autoridad Europea de Valores y Mercados (AEVM) deberá recopilar datos de, al menos, 15 millones de instrumentos financieros de alrededor de 300 centros de negociación (bolsas de valores, otros sistemas organizados o entidades especializadas). Para ello es necesario que exista una estrecha cooperación e intercambio de datos entre los principales organismos reguladores de cada estado. De esta forma, la AEVM está desarrollando un sistema de recopilación de datos conocido como Sistema de Datos de Referencia sobre los Instrumentos Financieros (SDRIF). Sin esta información sería muy difícil hacer cumplir la nueva normativa como obligaciones de transparencia comercial o las notificaciones de las posiciones de las inversiones derivadas de materias primas.

La Regulación de Abuso de Mercado
El retraso en la aplicación de estas medidas también afectará a la Regulación del Abuso de Mercardo (RAM). En este sentido la reforma de la MiFID hace referencia a los sistemas de negociación organizados (un nuevo tipo de figura reguladora), al crecimiento de los mercados de las PYMES y los derechos de emisión que no se aplicarán hasta que la MiFID entre en vigor una vez que haya sido publicada en el Diario Oficial de la Unión Europea.

Para evitar el abuso en los mercados es necesario que tanto las compañías de inversión como los operadores de los mercados de sistemas multilaterales de negociación (MTF) o de negociaciones over the counter (OVC) notifiquen a las autoridades reguladoras de su jurisdicción la existencia de nuevos instrumentos financieros. Con ello, solicitarán un permiso para poder operar con ellos. De la misma manera cuando finalice su existencia en el mercado deberá ser notificado también. De esta forma, los organismos nacionales enviarán toda la información a la AEVM que lo incluirá en la base de datos SDRIF que comentamos previamente.

Regulación de los Depositarios Centrales de Valores
Un Depositario Central de Valores (DCV) es una entidad que se encarga de custodiar una conjunto determinado de instrumentos financieros: los depósitos a plazo, acciones o letras de crédito entre otros. De la misma forma, la regulación que afecta a estas entidades se verá aplazada hasta que se implante la MiFID II.

Aún así, las entidades deben asumir que el paradigma regulatorio en el que se van a mover es el de una mayor protección del inversor y en general de los clientes así como plantear la independencia del asesoramiento. Foster Swiss es una consultora financiera y fiscal independiente que ofrece un alto grado de transparencia a sus clientes a nivel internacional.

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