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Veterinario atendiendo a un perro
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Veterinario atendiendo a un perro (Foto: Pexels/tima-miroshnichenko)

La OCU denuncia: algunas compañías podrían dejar de dar cobertura al seguro para perros

Como es sabido, con la entrada en vigor a finales de este mes de la Ley de protección animal y contra el maltrato, ha generado muchas dudas. Una de ellas son las que giran en torno al concepto del seguro obligatorio para perros, en realidad para todas las mascotas.

Hasta ahora, solo los dueños de un perro de una raza potencialmente peligrosa, además de los residentes en comunidades como Madrid y País Vasco, estaban obligados a contratar un seguro de responsabilidad civil para su perro.

Pero como recuerda la OCU, desde el 29 de septiembre ya no serán solo ellos: ese día entra en vigor la Ley de Bienestar Animal, que obliga a contratarlo a todos los dueños de un perro, dejando en el aire la cobertura que, para los daños que causara el animal, ofrecía el seguro de responsabilidad civil privada habitualmente incluido en la póliza del hogar. Sin embargo, en declaraciones a Diariocrítico, el Gobierno aseguró que estos seguros sí cubrirían, salvo una excepción puntual, la obligatoriedad legal.

El problema, sin embargo, al que apunta la OCU, es que al ser un seguro que pasa a ser obligatorio, las aseguradoras de responsabilidad civil privada podrían interpretar que queda anulada su cobertura.

Con el riesgo que ello comporta para el dueño de un perro que causara daños a otras personas, animales u objetos, ya que podría terminar asumiendo parte o todo el coste de la responsabilidad civil. Un riesgo que se extiende además a la víctima en el caso de que el dueño no sea solvente.

Falta de reglamento

PerrosLa falta de un Reglamento que defina el alcance de la nueva ley es la causa principal de esta confusión. Una imprecisión que persiste con el ambiguo anuncio del Ministerio de Derechos Sociales y Agenda 2023, realizado 10 días antes de la entrada en vigor de la ley, avisando de que “en puridad de términos jurídicos, no resulta efectivamente aplicable hasta que se desarrolle el Reglamento”, responsabilidad del propio Ministerio.

Como prevención, OCU insta a todos aquellos dueños que no tengan ya contratado un seguro obligatorio, a ponerse en contacto con su aseguradora del hogar o de responsabilidad civil con el fin de verificar que su animal sigue cubierto con la nueva ley. Debe pedirse un suplemento para que conste la cobertura (probablemente pidan que se identifique al perro) y que además se adapte al requisito de la nueva norma, que amplía la cobertura a cualquier persona que se haga cargo del animal. A OCU le consta que algunas compañías lo están haciendo sin cobrar una sobreprima por emitirlo. Si su aseguradora no lo hace así, considere cambiar de seguro al próximo vencimiento. Mientras tanto, lo más prudente es optar, bien por pagar ese suplemento (si ofrecen esta opción), bien por contratar una póliza específica por el capital más alto posible. En este último caso y por dar un rango de precios orientativo, para un capital de 300.000 euros en responsabilidad civil, la prima anual oscilaría entre 50 y 90 euros, con una franquicia que va de 150 a 300 euros.

En cuanto al futuro Reglamento, OCU exige que se concrete lo antes posible, al tiempo que considera vital que se iguale el capital de responsabilidad civil de un perro al del seguro de un automóvil, también en la norma para razas potencialmente peligrosas, donde el mínimo solo llega a 120.000 euros en la norma estatal. Porque, aunque la probabilidad de un accidente grave sea menor que con un coche o una moto, las consecuencias pueden ser las mismas. Otros desarrollos pendientes e importantes son: la lista de animales que pueden ser considerados mascotas, la periodicidad y el tipo de cuidados veterinarios o las condiciones del curso para los dueños de los nueve millones de perros registrados en nuestro país.

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