Desde 2022 multitud de familias se han beneficiado del Complemento de Ayuda para la Infancia (CAPI), una ayuda asociada al Ingreso Mínimo Vital diseñada para familias con hijos a cargo. Hace tan solo unos días el Boletín Oficial del Estado (BOE) ha confirmado que seguirá vigente también en 2026.
El objetivo de esta ayuda es reducir la pobreza y ayudar a las familias de rentas más bajas con la crianza de los hijos. En los últimos años se ha ido actualizando su cuantía y el número de beneficiarios.
Según lo publicado en el BOE, ahora esta ayuda ya no está ligada solo a los que ya perciben el IMV, sino que podrán cobrarla familias que, aunque no perciban esta prestación, estén dentro del umbral de renta.
¿Quién puede solicitar el CAPI?
Pueden solicitar esta ayuda las familias en cuyo núcleo de convivencia viva al menos 1 menor de edad. Además, hay que cumplir los siguientes requisitos:
- Residencia legal en España
- Estar dentro de los umbrales de ingresos y patrimonio indicados
Se solicita a través de la web de la Seguridad Social y pidiendo cita presencial en una de las oficinas.

Los que ya la estaban recibiendo no tienen que hacer más trámites, pues automáticamente, si los hijos a cargo continúan siendo menores y el resto de requisitos se cumplen, se confirmará de manera automática.
Para los que la vayan a pedir por primera vez, tanto online como de forma presencial necesitarán presentar el DNI, el libro de familia y el certificado de empadronamiento de todos los miembros de la unidad familiar.
Cuantías del CAPI
Este complemento para la crianza no es estándar y su cuantía depende de la edad de los menores a cargo y el número de niños de cada hogar:
- Menores de 3 años: 115 euros al mes
- Menores entre 3 y 6 años: 80,5 euros
- Menores a partir de 6 años y hasta los 17: 57,50
Esta diferenciación en 3 tramos responde a que los gastos de los niños más pequeños son más elevados para las familias. Por ello la cuantía se va reduciendo progresivamente.
Los límites de ingresos en el año 2026 para acceder a esta prestación de conformidad con lo previsto en el artículo 357.3 del citado texto legal, quedan fijados en 15.356,00 euros anuales y, si se trata de familias numerosas, en 23.109,00 euros anuales, incrementándose en 3.745,00 euros anuales por cada hijo o hija a cargo a partir del cuarto, este incluido.
Se estima que muchas más familias puedan acceder a esta ayuda ya que los umbrales de renta son más altos que los del IMV, por lo que familias de clase trabajadora podrían acceder a este complemento. Además, la vivienda habitual no computa dentro del patrimonio neto, por lo que los límites son más laxos.