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Descuelgue de convenios y despidos por crisis de la empresa, claves

Una reforma para frenar la sangría de paro juvenil y dejar manos libres al empresario

Una reforma para frenar la sangría de paro juvenil y dejar manos libres al empresario

viernes 10 de febrero de 2012, 14:26h
"El objetivo del Gobierno es luchar contra el paro y parar la sangría de desempleo". Lo ha repetido la ministra de Empleo, Fátima Báñez, al menos, en tres ocasiones, para justificar este viernes en Consejo de Ministros las medidas que conforman este decreto ley que se tramitará como proyecto para contar con el apoyo de los grupos políticos, según ha explicado la vicepresidenta Saénz de Santamaría. Las claves de esta reforma,  que se ha 'vendido' en Bruselas como una reforma dura, hace del descuelgue de las empresas de sus convenios por crisis, el abaratamiento del despido de 45 a 33 días, la flexibilización de las causas de despido objetivo a tres trimestres de pérdidas, y las exenciones fiscales para contratar jóvenes e incluso compatibilidad de cobro del paro con sueldo, los ejes para intentar dinamizar la contratación.
Así se amplían las opciones que tienen las empresas para despedir por la vía procedente, es decir, con una causa justificada. Esta vía es la que cuenta con una indemnización por despido más barata (20 días por año trabajado). Según ha explicado la ministra de Empleo, se consolida que aquellas empresas que tengan "pérdidas actuales o previstas" y una "disminución de ventas durante tres trimestres consecutivos" puedan acogerse a esta solución. Pero el texto del decreto dice que "con el objetivo de evitar el despido, se simplifican los trámites para reducir la jornada de trabajo o suspender el contrato como mecanismo de ajuste ante situaciones de disminución de la demanda, y se elimina la autorización administrativa necesaria para llevar a cabo la medida, "en línea con las prácticas de los países europeos". Es decir, las empresas tendrán las manos menos atadas por terceros a la hora de despedir o endurecer las condiciones de empleo, aunque no tengan pérdidas.

Y además se abre la posibilidad de que los organismos y entidades que forman parte del sector público invoquen causas económicas, técnicas, organizativas y de producción para despedir. El Gobierno lo justifica en que "esta medida pretende facilitar el redimensionamiento de aquellas estructuras administrativas que crecieron desmesuradamente durante la fase de fuerte crecimiento económico y que no son sostenibles desde un punto de vista financiero en el momento actual, ni existe una previsión de que lo sean en los próximos años".

La reforma laboral, la segunda "estructural" en menos de dos años, llega con el paro a un nivel histórico, con casi 5,3 millones de desempleados, el 22,85% de la población activa, según el registro del antiguo Inem, y con tendencia a seguir escalando. De hecho, el BBVA ha pronosticado una pérdida de 700.000 empleos este año, a razón de 2.000 por día, si la economía sigue por la senda de recesión y los ajustes fiscales, lo que nos llevaría a una pérdida de 5,7 millones de desempleo y una tasa del 24% en 2013.


Manos libres para el empresario

Varias son las lecturas que se pueden hacer de este proyecto. La primera, que ha recogido reinvindicaciones históricas de los empresarios, como la de introducir las claúsulas de descuelgue en los convenios. Esto significa que los empresarios podrán no acogerse al convenio por razones de crisis o dificultades de la empresa y negociar con los trabajadores sus propias condiciones.

En caso de que no exista acuerdo, las partes irán a la solución extrajudicial de conflictos y, en su caso, al arbitraje si lo han pactado en el convenio colectivo. De no ser así, una de las partes elevará el desacuerdo a la Comisión Consultiva de Convenios Colectivos nacional o sus equivalentes autonómicos, que nombrará un árbitro que resolverá en un máximo de 25 días.

Además,se introduce la prioridad de los convenios de empresa, de forma que, independientemente de lo que se pacte a nivel superior, los representantes de los trabajadores y el empresario pueden consensuar un convenio de empresa que se adapte a sus necesidades y particularidades.

En cuanto a la prolongación de los convenios sin llegar a acuerdos, el Gobierno limita a dos años la prórroga de los convenios colectivos vencidos, conocido como "ultraactividad". 

La Reforma Laboral extiende la indemnización por despido improcedente para contratos indefinidos de 45 días a 33 días por año trabajado, con un máximo de 24 meses. La indemnización procedente será de 20 días por año trabajado, con un máximo de un año de salario, "pero se respetarán los derechos adquiridos con anterioridad por los trabajadores", ha confirmado Fátima Báñez. Esto supone que habrá un doble nivel en caso de despido, limitado por la presente Reforma Laboral.

Para ayudar a las empresas en situaciones económicas adversas, se introduce una bonificación del 50% de las cuotas empresariales a la Seguridad Social de los trabajadores afectados por la suspensión o reducción de jornada, con una duración de 240 días máximo y condicionada a la estabilidad en el empleo (al menos un año).

Si la empresa extingue finalmente los contratos, los trabajadores no ven mermado su derecho a la prestación por desempleo, ya que se establece la reposición de las prestaciones (contador 0) hasta un máximo de 180 días.

En cuanto a la rebaja del paro, parece que de momento no toca. "No vamos a rebajar las prestaciones por desempleo, pero vamos a evitar fraude. Los desempleados que estén cobrando una prestación por desempleo puedan realizar un trabajo social para la comunidad", continua la ministra.


Jóvenes con desgravación y contrato con paro

La segunda lectura es el empuje dado a la contratación juvenil, una preocupación dictada por Bruselas, que califica de 'inadmisible' uan tasa de paro cercana al 48%. El nuevo contrato indefinido de apoyo a emprendedores es una de las novedades de la Reforma Laboral. "Está destinado a empresas de menos de 50 trabajadores. Tiene ayudas para la contratación: deducción fiscal de 3.000 euros si contrata al primer trabajador de menos de 30 años. Ese trabajador seguirá cobrando el 25% del paro al que tenía derecho mientras, el empleador, podrá dejar de pagar el 50% de lo que le correspondía de la prestación a la que tenía derecho el empleado durante un máximo de un año, aunque este periodo coincide con el tiempo de prueba que prevé el nuevo contrato.

"El trabajador podrá utilizar esta modalidad de contratación para formarse", dice Bañez en referencia aquellos jóvenes que abandonaron sus estudios para trabajar en la construcción. "El trabajador podrá formarse en su propia empresa. como en Alemania". Con ese objetivo, pondrá en marcha la cuenta de formación." En la que irá toda la formación que el trabajador reciba a lo largo de su vida laboral", explica Bañez, que precisa que el trabajador tendrá derecho a 20 horas al año pagadas por el empresario.

Junto a este contrato, el Gobierno modifica las bonificaciones y se establece una ayuda de 4.000 euros para quienes den trabajo a los llamados parados de larga duración. En formación, la edad máxima para optar a un contrato de aprendizaje se eleva a los 25 años. Asimismo, se regula que las agencias de empresas de trabajo temporal puedan funcionar como agencias de colocación.
La ministra ha apuntado que el principal objetivo de la reforma es acabar con la dualidad existente en el mercado laboral español entre temporales e indefinidos. Asimismo, ha defendido que aumentará la flexibilidad interna de las empresas, lo que permitirá que los ajustes a los que se vean obligados en épocas de deterioro económico no se traduzcan, como hasta ahora, en recortes de plantilla.

Además, se pretende acabar con el encadenamiento de contratos temporales, que ahora se limitarán hasta 24 meses, dos años.


La ministra de Empleo, Fátima Bañez, ha convocado a los sindicatos y empresarios el próximo lunes para explicarles los detalles de la refoma laboral que acaban de aprobar el consejo de ministros.


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