Las Cortes Generales aprobaron el pasado 22 de julio la Ley de Seguros de Automóviles, una normativa que amplía el seguro obligatorio a una gama más diversa de vehículos y mejora las compensaciones.
Esto representa un avance significativo en la protección de las víctimas de accidentes causados por vehículos a motor.
Con esta aprobación, culminó la tramitación parlamentaria de la Ley, la cual transpone la Directiva 2021/2118, relacionada con el seguro de responsabilidad civil para la circulación de vehículos automóviles y el control de la obligación de asegurar esta responsabilidad. Para ello, la norma modifica la Ley sobre responsabilidad civil y seguro en la circulación de vehículos a motor y la Ley de ordenación, supervisión y solvencia de las entidades aseguradoras y reaseguradoras.
La nueva norma establece una definición más precisa y extensa de los vehículos que deben contar con seguro obligatorio de responsabilidad civil. Además, amplía el concepto de "hecho de la circulación", mejora el sistema de valoración de las indemnizaciones por daños personales, y ofrece mayor seguridad a las víctimas de accidentes en caso de insolvencia de las entidades aseguradoras. También refuerza el control que las autoridades ejercen sobre la existencia del seguro.
El seguro obligatorio
En este sentido, la transposición de la Directiva amplía la definición de vehículos a motor. Esto conlleva la extensión del seguro obligatorio a vehículos agrícolas o industriales, que hasta ahora estaban exentos, lo que aumenta la protección de las víctimas. Para evitar sanciones por no tener el seguro contratado, los propietarios de estos vehículos dispondrán de un plazo de 6 meses desde la publicación de la Ley para suscribir esta póliza.
Como resultado de la jurisprudencia del Tribunal de Justicia de la UE, también se amplía sustancialmente el concepto de "hecho de la circulación". Esto otorgará mayor protección a las víctimas de los accidentes de circulación, tal como lo establece la directiva que se transpone.
Seguro para patinetes
Además, la Ley introduce el concepto de vehículo personal ligero. Estos son vehículos a motor eléctrico que se desplazan por el suelo mediante 1 o más ruedas, diseñados para una única plaza. Pueden alcanzar una velocidad máxima de entre 6 y 25 km/h si su peso es inferior a 25 kg, o una velocidad máxima de entre 6 y 14 km/h si su peso supera los 25 kg.
Estos vehículos, que incluyen los patinetes eléctricos o los vehículos de movilidad personal, deberán disponer de un seguro obligatorio de responsabilidad civil. La medida busca compatibilizar el fomento del transporte urbano sostenible con la protección a las víctimas de accidentes causados por estos nuevos vehículos.
Con el fin de determinar las características y el alcance de esta modificación, la Comisión de Seguimiento del Sistema de Valoración tendrá 6 meses desde la publicación de la Ley para emitir una propuesta de desarrollo reglamentario del seguro obligatorio para estos vehículos personales ligeros. Asimismo, el Gobierno deberá implementar un registro público de vehículos personales ligeros antes del 2 de enero de 2026.
Más indemnizaciones
La norma introduce también mejoras sustanciales en las compensaciones para las víctimas. Estos cambios cuentan con el respaldo de todas las partes involucradas, que se reúnen en la Comisión de Seguimiento del Sistema de Valoración. Esto evidencia la voluntad de la Administración Pública, asociaciones de víctimas, aseguradoras y expertos en seguros y responsabilidad civil por mejorar el marco regulatorio.
En lo que respecta a los importes de las coberturas, se actualizarán según el Índice de Precios al Consumo. También se incrementan algunos supuestos indemnizatorios y se amplían las compensaciones para mejorar la cobertura de los afectados, como es el caso de las personas dedicadas a las tareas del hogar en la unidad familiar.
Consorcio de Compensación de Seguros
Con el objetivo de proporcionar mayor seguridad a las víctimas de accidentes de tráfico, se amplían los supuestos de indemnización cubiertos por el Consorcio de Compensación de Seguros. De esta manera, el Consorcio cubrirá los accidentes en caso de insolvencia por parte de las entidades aseguradoras, incluso si estas son entidades extranjeras.
El Consorcio también se hará cargo de indemnizar a las víctimas de accidentes de circulación causados de forma deliberada, así como en los nuevos supuestos de vehículos a motor que circulen sin el seguro preceptivo.
Medidas de transparencia para el seguro de taxis y el seguro deportivo
La Ley establece medidas de transparencia para asegurar la estabilidad del seguro para vehículos destinados a la prestación del servicio de interés público de transporte de viajeros en taxi. Así, se fijan obligaciones de información para las entidades aseguradoras, tanto en la suscripción como en la renovación de los contratos de seguro.
La norma también corrige las deficiencias en la regulación del seguro deportivo. Esto favorecerá una oferta de seguro de accidentes para los deportistas federados, con sumas aseguradoras más amplias que las actuales.