En España el seguro escolar es obligatorio, se abona al hacer la matrícula del alumno. Muchos no saben de su existencia hasta que se necesita, pues su precio es de menos de 2 euros. Por lo general cubre accidentes escolares, pero también cubre enfermedades o situaciones que afecten al estudiante, como problemas de salud mental.
La mayoría sabe que este seguro sirve para que los alumnos estén cubiertos por lo que pueda pasarles en el centro o en excursiones, campamentos...pero puede ser también un pilar fundamental para tratar algunas enfermedades, especialmente las del ámbito de la salud mental.
Cubre tratamientos privados
Es una de las opciones más desconocidas pero que más ayudan a muchas familias, pues con este seguro se puede cubrir la totalidad o parte de tratamientos en clínicas privadas.
Por ejemplo, en casos de anorexia, bulimia o depresión; entre otras patologías, los jóvenes requieren ingresos en centros privados ante la saturación del sistema público. Dado que estas patologías afectan a su actividad académica, se puede recurrir al seguro escolar para cubrir parte o la totalidad de estos tratamientos.
Hospitales de día o ingresos totales, dependiendo de las necesidades de cada caso. Pero de cualquier forma, suelen ser tratamientos muy caros que, sin la ayuda del seguro, pocas familias podrían permitirse, pues pueden superar fácilmente los 2.000 euros mensuales.
Problemas psiquiátricos, psicológicos, de adicciones...así como otras patologías o afecciones que dificultan la actividad académica, incluso situaciones de infortunio familiar.
Requisitos para beneficiarse del seguro escolar
Este seguro está destinado al alumnado a partir de 3º de la ESO y hasta los 28 años, siempre que se esté matriculado en una titulación oficial.
Además, el alumno deberá ser ciudadano español o nacional de un país de la UE/EEE o extranjero con residencia legal en España.
Si se precisa, hay que solicitar las prestaciones en la Seguridad Social y tener todos los informes médicos o familiares para acreditar la situación.
Hay algunas comunidades que tienen esta competencia transferida y por tanto son ellas las que gestionan todo el proceso.
Las prestaciones de tipo económico se abonan directamente al estudiante o a sus progenitores, mientras que las de tipo sanitario (como ingresos en clínicas), se pueden efectuar directamente a los centros. También se pueden ingresar al beneficiario, pero debe presentar las facturas del tratamiento.